SAN SEBASTIÁN, 4 (EUROPA PRESS)
La compañía de autobuses de San Sebastián Dbus ha firmado un convenio de colaboración con otras ocho compañías de transporte con el objetivo de facilitar la movilidad interempresarial de trabajadoras víctimas de violencia de género, de forma que puedan ser recolocadas en cualquiera de la empresas firmantes.
Además de Dbus, las empresas que se han sumado a este convenio son Ferrocarrils de la Generalitat de Catalunya (FGC), TUGSAL, Emtusa, Alsa, TRAM, Sagalés y Vectalia.
El objetivo del convenio es “ofrecer una alternativa laboral a las trabajadoras víctimas de violencia de género, ayudándolas a alejarse de su agresor a mediante el acceso, de forma segura, a otras medidas de protección social”, según han explicado desde Dbus.
De este modo, “si alguna de las empresas firmantes tiene que atender un caso de una trabajadora de su plantilla que tenga la consideración de víctima de violencia de género podrá contactar con el resto de las empresas que se acogen al convenio y recibir propuestas de posiciones laborales en alguna de ellas”, han indicado las mismas fuentes.
Además, han puntualizado que “la posibilidad de ofrecer una alternativa laboral”, tal y como recoge este convenio, “se basa en el mandato y la especial protección que otorga la Ley Orgánica 1/2004 de medidas de protección integral contra la violencia de género en lo que se refiere a las mujeres trabajadoras que se encuentren en estas circunstancias”.
La citada Ley prevé el derecho de la trabajadora víctima de violencia de género a la movilidad geográfica, así como el derecho al paro si se ve en la necesidad de extinguir la relación laboral.
En 2018 la Conferencia Sectorial de Administración Pública ya alcanzó un acuerdo en materia de protección de las trabajadoras públicas dando lugar a movilidad y medidas especiales entre las diferentes administraciones del estado.
En virtud de esta colaboraicón las ocho compañías se comprometen a “proponer una posición laboral de las características lo más similares posible a las del puesto que la trabajadora ejercía en la empresa de origen y a proceder a su incorporación efectiva”. Además, la trabajadora contará con una reserva del puesto de trabajo en la empresa de origen.
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