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Declaración de la Renta 2023: los cambios que afectarán a tu bolsillo

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Asesoría para declaración de la renta online

Este año, la campaña de la declaración de la renta 2023 empieza el 3 de abril y con ella, las inquietudes e incertidumbre de cuánto voy a tener que pagar a Hacienda ó ¿me van a devolver este año?

Para despejar dudas y realizar nuestra renta será importante atender a las novedades de este año:

  • Modificación de la obligación de presentar la renta cuando tienes más de un pagador:

En primer lugar, una de las cuestiones más relevantes es la modificación de la obligación de presentar la renta cuando tienes más de un pagador, cuando se perciben pensiones compensatorias del cónyuge o cuando se reciben anualidades por alimentos no exentas, este importe se eleva a 15.000 euros, cuando antes el límite era de 14.000 euros.

  • Se incrementa el tipo de gravamen del ahorro:

Cabe resaltar, además, que se incrementa el tipo de gravamen del ahorro, es decir, es el tipo del impuesto que se aplica, generalmente, a nuestras inversiones y ganancias obtenidas. El nuevo tipo impositivo para estos rendimientos es:

  • Para los primeros 6.000 euros el 19%.
  • Los rendimientos que van de 6.000 a 50.000 euros el tipo impositivo será del 21%.
  • Para los que van de 50.000 a 200.000 euros el 23%.
  • Los que van de 200.000 a 300.000 euros tendrán un tipo impositivo del 27%.
  • Por último, para los que van de 300.000 en adelante el 28%.
  • Modificación de los requisitos para aplicar la deducción por maternidad

En Fiscoo, siempre resaltamos la importancia de conocer todas las deducciones, tanto estatales como autonómicas, a las que se tienen derecho para que el resultado de la declaración sea lo más favorable posible. En este sentido, es importante remarcar que se han modificado los requisitos para aplicar la deducción por maternidad, que como en años anteriores, se podrán beneficiar las mujeres con hijos menores de 3 años y que tengan derecho a la aplicación del mínimo por descendiente (esto es una de las circunstancias personales que tiene en cuenta este impuesto).

Podrán restarse 1.200 euros del impuesto, además, cuando en el momento del nacimiento del menor cobren una prestación de desempleo o estén dadas de alta en la Seguridad Social.
Esta deducción puede incrementarse hasta en 1.000 euros adicionales cuando haya gastos en guarderías o centro de educación infantiles autorizados.

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Además, se incrementa en 150 euros cuando se tenga derecho a la deducción por haberse dado de alta como autónoma en la Seguridad Social o en la mutualidad con posterioridad al nacimiento.

Es importante considerar que la deducción de 1.200 euros se puede percibir mensualmente durante el año y esto se deberá indicar de igual manera en la declaración.

  • Recuerda que las viviendas vacías deben declararse:

En la renta también se deben declarar las viviendas vacías, es decir, aquellas que no son nuestra vivienda habitual ni se tienen alquiladas, por ejemplo, una segunda residencia como la de la playa. Para Hacienda, estas viviendas nos generan un rendimiento económico y, por tanto, se trata de una renta inmobiliaria que se debe declarar en la renta.

En general, este rendimiento se calcula sobre el valor catastral y se le aplica el porcentaje del 2%, pero si este valor ha sido revisado, modificado o determinado mediante un procedimiento de valoración colectiva será del 1,1%.

  • Novedades en reducciones por rendimientos del trabajo:

Otra cuestión importante es que podrán beneficiarse más personas de las reducciones de los rendimientos por el trabajo, ya que aquellos contribuyentes que hayan obtenido un salario neto igual o menor a 14.047,50 euros, se les restará el importe de 6.498 euros para calcular el impuesto.

También, tendrán una reducción menor, pero proporcional a sus nóminas netas, aquellos que hayan cobrado por su trabajo entre 14.047,50 euros y 19.747,50 euros.

De igual manera, aquellos que ejerzan una actividad por su cuenta, se podrá aprovechar de las mismas reducciones, si su actividad económica se rige por el método de estimación directa.

  • Novedades en gastos de difícil justificación de empresarios o profesionales:

Es importante destacar, que los empresarios o profesionales que aplican el método de estimación directa simplificada (la mayoría), podrán incluir el 7% en vez del 5% que se contemplaba anteriormente, como gasto deducible de difícil justificación.

  • Se limitan las reducciones por aportaciones a planes de pensiones:
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Hacienda, sigue limitando la reducción por las aportaciones a planes de pensiones. Este año, se modifican las aportaciones máximas que puede hacer el trabajador al instrumento de previsión social que como máximo será el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas o bien, 1.500 euros, en función de qué importe sea más pequeño.
Recordemos, que, por las aportaciones a los planes de pensiones anteriormente se podía deducir hasta 8.000€ mientras que, en la actualidad, el límite es de 1.500€.

  • Principales reducciones y deducciones a tener en cuenta esta renta:

Para no tener sorpresas en nuestra renta es importante beneficiarse de todas las deducciones y reducciones a las que se tenga derecho. A continuación, describimos las principales:

  • Aprovecha las ventajas fiscales por gastos en educación. Si has tenido gastos relacionados con la educación de tus hijos, seguramente tu Comunidad Autónoma contemple deducciones por este concepto. Estas bonificaciones pueden ser tanto por gastos en material escolar, guarderías, vestuario o enseñanza de idiomas, así como en matrículas en formaciones superiores. 
  • Dedúcete las donaciones: Las aportaciones a organizaciones benéficas pueden ser deducibles. En general, esta deducción será del 80% de los primeros 150 euros aportados y el 35% del resto. Serán deducibles las contribuciones a fundaciones y ONGs legalmente reconocidas, en este caso, se podrá aplicar la deducción del 10% de las cantidades donadas. También, se podrán deducir las cuotas de afiliación y las aportaciones a Partidos Políticos, Federaciones, Coaliciones o Agrupaciones de Electores. Se podrá deducir el 20% de lo que se aporte con un límite máximo de 600 euros anuales. 
  • Si te has cambiado de ciudad por trabajo y te has empadronado en tu nueva casa, podrás beneficiarte incrementando tus gastos deducibles en renta hasta en 2000 euros. Eso sí, deberás cumplir con el requisito de estar inscrito como demandante de empleo.
  • Si has invertido en empresas emergentes, la Ley de Startups, que se encarga de fomentar la inversión en empresas de reciente creación, te permite deducirte el 50% de lo que inviertas en ellas. Es una buena manera de ahorrar dinero en tu IRPF este año.
  • Como hemos comentado, si has contribuido a planes de pensiones, podrás deducir 1.500 euros por las aportaciones realizadas en el año, con el límite del 30% de tu salario o ingresos de tu actividad económica.
  • Si has invertido en un coche eléctrico o híbrido enchufable podrás deducir hasta el 15% (con un límite de hasta 3.000 euros) por la adquisición de vehículos eléctricos nuevos. Esta reducción se podrá restar directamente en la cuota de tu IRPF.
  • Si has alquilado un inmueble como vivienda habitual, es decir, si eres el arrendador de una vivienda habitual podrás aplicarte un 60% de reducción por el rendimiento de este alquiler de la vivienda, esto es, sobre el importe de los ingresos menos los gastos del arrendamiento. ¡Ojo! Si Hacienda lo solicita, tendrás que poder demostrarlo, por lo que es importante organizar bien la documentación y que se refleje esta finalidad en el contrato de arrendamiento.
  • Si has tenido pérdidas, compénsalas con ganancias. Las pérdidas que tengas por operaciones como venta de acciones, de inmuebles, de criptomonedas, etc. es conveniente que las declares en tu impuesto, ya que sirven para poder compensarlas con otras ganancias que obtengas.
  • Revisa bien tu situación financiera. Es fundamental dedicar tiempo a evaluar tus finanzas, identificar posibles deducciones y revisar cualquier inversión o gasto que pueda ser deducible. Organizar tus documentos financieros te ayudará a tener una visión más clara. 
  • Consulta a un profesional:
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 Si quieres asegurarte de estar ahorrando todo lo posible acude a un asesor fiscal para obtener orientación específica y maximizar tu ahorro.  

La planificación fiscal es la clave para un ahorro real en tus declaraciones. Cada situación financiera es única, por lo que buscar asesoramiento profesional puede marcar la diferencia.

Si consideras que no has realizado todas las actuaciones que podrías después de leer este artículo, puedes empezar a planificar tu renta del próximo año y así lograr una declaración de la renta más favorable y un futuro financiero más sólido. Puedes contactar con Fiscoo a través de su página web fiscoo.es o llamando directamente al número de teléfono 968 903 800. 


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