SEVILLA, 29 (EUROPA PRESS)
El Consejo de Gobierno andaluz ha acordado en su reunión de este lunes, 29 de enero, excepcionar de lo previsto en el artículo 124.4 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, las subvenciones que se conceden en régimen de concurrencia competitiva a las escuelas-hogar, de forma que el importe total de dichas ayudas podrá ser abonado sin justificación previa hasta el 70%.
Con esta medida, el Gobierno andaluz “atiende la demanda de este sector sobre el abono de sus ayudas”, según se subraya en la referencia de la reunión del Consejo, en la que se detalla que Andalucía cuenta con 23 escuelas-hogar con un total de 1.643 plazas subvencionadas, de las que 1.021 son de régimen general, 449 sin pernocta y 173 destinadas a estudiantes de graves discapacidades.
Desde la Junta subrayan que el alumnado atendido por las escuelas-hogar se enfrenta a situaciones familiares “de especial gravedad de diversa índole” como la existencia de un miembro que ejerce la tutela en un centro penitenciario, la pertenencia a familias cuyos tutores legales pasan largas temporadas fuera de su lugar de residencia por motivos laborales o profesionales, a familias que obtienen trabajos como temporeros en tareas agrícolas y que deben desplazarse temporalmente por razón de su trabajo, o a familias en situación “de extrema dificultad social o riesgo de exclusión social que afecta gravemente a su escolarización”.
También por ser hijos de mujeres atendidas en centros de acogida por ser víctimas de violencia de género; encontrarse en situación de acogimiento familiar; ser alumnado trasladado temporalmente por deficiencias respiratorias a localidades costeras, o la necesidad de brindar la atención necesaria a los menores en edad de escolarización obligatoria, conforme a la normativa sobre la residencia sin habilitación administrativa.
Así, según subraya la Junta, la existencia de escuelas-hogar es “fundamental para atender de manera integral a los alumnos de enseñanzas obligatorias cuyas situaciones personales o familiares son desfavorables, especialmente considerando el amplio ámbito territorial que abarcan, y contribuyen de manera significativa a ampliar el ámbito personal y territorial del servicio público proporcionado por las residencias escolares, lo que promueve la escolarización de dicho alumnado y la implementación de medidas de compensación educativa e integración en los casos necesarios”.
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