Busca incluir el derecho a decidir pactado, limitar la inviolabilidad del Rey o modificar las funciones de las Fuerzas Armadas
BILBAO, 17 (EUROPA PRESS)
El Grupo Vasco en el Congreso ha vuelto a presentar once enmiendas al Proyecto de Reforma de la Constitución, con “profundas” reformas que considera “necesarias”, al igual que en la última ocasión en la que se trató de modificar la Carta Magna a finales de 2022. La reforma en trámite se tomó este pasado martes en consideración y se aprobará definitivamente este jueves en lectura única y por el trámite de urgencia.
En un comunicado, el PNV ha anunciado que votará a favor del cambio del artículo 49 (para eliminar el término disminuido y sustituirlo por persona con discapacidad), pero critica que PP y PSOE no permitan dialogar “de manera sosegada” sobre otros artículos susceptibles de ser modificados. Por ello, el Grupo Vasco vuelve a enmendar la Constitución con “profundas” reformas que considera “necesarias” y sobre las que los principales partidos del Estado “se niegan a debatir”.
Entre las enmiendas registradas, el Grupo Vasco propone incluir, a través de la modificación del artículo 2 y de la inclusión de una Nueva Disposición Adicional, el reconocimiento del “derecho a decidir del pueblo vasco”. Asimismo, en otra de sus enmiendas, y en coherencia con la reivindicación planteada en distintas ocasiones por el Grupo Vasco, se plantea la modificación del artículo 56 de la Constitución para limitar la inviolabilidad del Rey.
“La plena realización de los derechos históricos del pueblo vasco, como manifestación institucional de su autogobierno, se exterioriza a través del derecho a decidir de su ciudadanía, libre y democráticamente representada, siendo su ejercicio pactado con el Estado”. Esta es la literalidad de la Nueva Disposición Adicional que propone el PNV al texto constitucional como “fórmula de articulación amable y duradera de la realidad vasca en el conjunto del Estado”, de acuerdo con su justificación.
“CERCO JURÍDICO”
Bajo la misma argumentación y porque “el marco constitucional no puede ni debe ser concebido como un cerco jurídico que limite la expresión democrática y anule la voluntad libremente expresada por la ciudadanía vasca”, el Grupo Vasco quiere también modificar el artículo 2 para “reconocer y garantizar el derecho a la autonomía de las naciones y regiones que integran el Estado y la solidaridad entre todas ellas”.
Por otro lado, y en línea con distintas iniciativas presentadas por el Grupo Vasco a lo largo de los últimos años, propone reformar el artículo 56.3 de la Carta Magna para limitar la inviolabilidad del Rey y circunscribirla a sus funciones institucionales, esto es, a aquellos actos que realice en representación de la Corona.
En otra de sus enmiendas, el Grupo Vasco propone eliminar el artículo 155 por considerar que “para los fines pretendidos en este artículo, son suficientes los mecanismos ordinarios de respuesta contemplados en la Constitución” y modificar el 8, referido a las funciones de las Fuerzas Armadas.
Así, bajo el argumento de que “no corresponde a las FF.AA. garantizar el ordenamiento constitucional ni la integridad territorial en una democracia donde ambas cosas se tutelan por los tribunales de justicia”, se eliminan del texto constitucional las referencias a las funciones expuestas.
DERECHOS HISTÓRICOS
Con el objetivo de mejorar la garantía institucional de los Derechos Históricos, se presentan dos enmiendas por las que se crean sendas Disposiciones Adicionales Nuevas que contemplan, por un lado, una “cláusula de salvaguarda de las materias propias forales” y, por otro, la creación de una “Sala Foral del Tribunal Constitucional” para dirimir los conflictos que emanen de las leyes del Parlamento Vasco y de las Normas Forales de las Juntas Generales de los Territorios Históricos dictadas en el ejercicio de sus competencias.
Asimismo, se propone la constitución de una Junta Arbitral entre la Comunidad autónoma vasca y el Estado para la totalidad de los conflictos de competencia existentes. Además, y para “mejorar el reparto competencial” vigente, se ha registrado una enmienda que modifica el artículo 149, referido a la Organización Territorial del Estado.
En cuanto al poder judicial, los jeltzales proponen “adecuar el poder judicial a la estructura descentralizada que postula la Constitución y en la que ya se han subsumido tanto el poder ejecutivo como el legislativo a través de su reflejo en las Comunidades autónomas” para lo que reforman el artículo 117.
Por último, a través de otra enmienda se pretende acabar con una “disfuncionalidad para un desarrollo adecuado del modelo territorial basado en el reconocimiento de una verdadera autonomía de las diversas comunidades políticas existentes en el Estado”. Para ello, se elimina la suspensión automática de las leyes autonómicas cuando estas sean impugnadas por el Gobierno español ante el Tribunal Constitucional, contempladas en el artículo 161 de la Constitución.
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