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Isabel Rodríguez se reunirá hoy con Jaume Collboni teniendo en cuenta la limitación del alquiler en el horizonte

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MADRID, 17 (SERVIMEDIA)

La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, se reúne este miércoles con el alcalde de Barcelona, Jaume Collboni, una semana después de que la Generalitat de Cataluña anunciase que comenzaría a aplicar los límites a los precios del alquiler en el mes de febrero, medida a la que los socialistas se han mostrado reticentes en algunas ocasiones.

El encuentro tendrá lugar en el Ayuntamiento de Barcelona y previamente ambos políticos atenderán a los medios de comunicación.

La ciudad condal será uno de los 140 municipios de Cataluña que se declarará oficialmente zona tensionada y, a partir de febrero, someterá los contratos de alquiler a los límites de precios que entraron en vigor con la Ley de Vivienda que aprobó el Ejecutivo el pasado mes de mayo.

Collboni firmó a finales de junio el decreto para declarar Barcelona zona de mercado de vivienda tensionada. El Ayuntamiento subrayó que en la capital catalana se cumplían los dos criterios fijados para poder realizar esta declaración: la renta de los hogares dedicada al pago del alquiler o de la hipoteca, además de los suministros, superaba el 30% en ambos casos, y el precio del alquiler en los últimos cinco años era superior en tres puntos a la evolución del IPC.

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La semana pasada, tras la reunión mantenida entre la Consejera de Territorio de la Generalitat, Ester Capella, y la ministra de Vivienda, el gobierno autonómico anunció que se había acordado que “en las próximas semanas concluirán los trabajos conjuntos entre la Generalitat y el Ministerio ” para que el Ejecutivo “publique la memoria de declaración de zonas tensas y apruebe los índices que se tendrán que aplicar”.

En las áreas declaradas tensionadas, el alquiler de los nuevos contratos no podrá superar el precio del último contrato vigente en los últimos cinco años, una vez aplicada la cláusula de actualización anual de ese contrato. Y, además, cuando se trate de un gran tenedor -propietario de al menos cinco pisos urbanos-, el alquiler no podrá ser superior al Índice de referencia del precio de alquiler, al que también se someterán los contratos de pequeños propietarios que no hayan salido al mercado en los últimos cinco años.

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Sobre el índice, Vivienda subrayó tras la reunión que está previsto que se publique a lo largo del mes de febrero. Esta herramienta es una actualización mejorada de la que se lanzó inicialmente en el año 2020, con datos sobre alquileres desagregados hasta nivel de sección censal. Durante este tiempo y tras la aprobación de la Ley de Vivienda, el Ejecutivo ha realizado un trabajo técnico para intentar reducir el decalaje de los datos tributarios con los que se elabora e intentar tener en cuenta otras características para establecer los precios.

La Generalitat subrayó en su comunicado que el índice “no será homogéneo” en toda España. El que se aplicará a partir de febrero combinará el estatal con el de la Generalitat, que contaba con sus propios datos gracias a la Ley de Vivienda regional que fue tumbada parcialmente por el Tribunal Constitucional.

BONIFICACIONES FISCALES

En las zonas declaradas como tensionadas se aplicarán, además, las bonificaciones fiscales más importantes que el Ejecutivo incorporó a la Ley de Vivienda con el objetivo de estimular la oferta de alquiler.

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La deducción más relevante permite a un propietario reducirse un 90% el rendimiento neto positivo obtenido por un alquiler cuando se formalice un nuevo contrato de arrendamiento sobre una vivienda en el que la renta inicial se hubiera rebajado en más de un 5% en relación con la última renta del anterior contrato, una vez aplicada, la cláusula de actualización anual del contrato anterior.

También se reducirá en un 70% cuando el contribuyente hubiera alquilado por primera vez la vivienda, siempre que el arrendatario tenga una edad comprendida entre 18 y 35 años. La norma especifica que, cuando existan varios arrendatarios de una misma vivienda, esta reducción se aplicará sobre la parte del rendimiento neto que proporcionalmente corresponda a los arrendatarios que cumplan los requisitos previstos.


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