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El nuevo decreto de comercialización de productos de la pesca reforzará la calidad y las garantías de consumo

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La norma introduce como principal novedad la posibilidad de realizar la primera venta de marisco ya sometido a depuración


El Consejo de Gobierno ha aprobado el nuevo decreto de comercialización en origen de los productos pesqueros en Andalucía, adaptado a los cambios de las legislaciones comunitaria y estatal. La norma sustituye a las vigentes sobre esta materia desde 1997, reuniendo en un único texto la regulación de las ventas y la garantía de trazabilidad tanto de la pesca extractiva como del marisqueo, la acuicultura y la recolección de algas, que actualmente suman en la comunidad una producción anual de 69.000 toneladas con un valor de 293 millones de euros.

Además de recoger los cambios introducidos en 2015 por la normativa estatal, el decreto andaluz introduce novedades para aumentar el valor añadido de los productos y reforzar la protección del consumidor. Entre ellas destacan la obligación de realizar la primera venta en lonja para el marisqueo desde embarcación, la simplificación administrativa de los trámites que se exigen a los mariscadores a pie y la posibilidad, para ambos subsectores, de vender las capturas ya sometidas a depuración. También se prevé la inclusión, en las etiquetas expedidas por las lonjas, de la denominación de los caladeros donde pesca habitualmente la flota andaluza.

De acuerdo con el decreto, las lonjas de los puertos y sus centros de expedición asociados son los únicos recintos donde se puede realizar la primera venta de los productos de la pesca extractiva y del marisqueo de embarcación, sean vivos, frescos o refrigerados (se excluyen los congelados o transformados a bordo). De este modo, desde el momento de la descarga se aseguran los controles para la protección de los recursos (sobre tallas mínimas, épocas de veda y especies prohibidas, entre otros) y la obtención de los datos de producción.

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La norma también regula la primera venta a través de contratos acordados antes de la captura, que ya se viene realizando a raíz de la legislación estatal de 2015. Con esta modalidad, que se añade a la tradicional de la subasta, el armador se asegura la venta y el comprador el precio que va a pagar. Como novedad, el decreto andaluz exige que estos contratos se formalicen por escrito, se registren en la lonja y contengan información sobre su duración, las especies y el precio.

En Andalucía hay 25 lonjas (12 en el Golfo de Cádiz y 13 en el Mediterráneo), con un censo vinculado de 1.703 compradores. El pasado año gestionaron una producción de 48.124 toneladas por un valor de 150 millones de euros. En estos datos se incluyen los de los nueve centros de expedición asociados, situados en Sanlúcar de Barrameda y La Atunara (Cádiz); Isla Cristina y Punta Umbría (Huelva), y los puertos malagueños de Caleta-Vélez, Estepona, Fuengirola, Marbella y Málaga.

Respecto a la actividad marisquera a pie o en inmersión, la pesca de almadraba, los congelados o transformados a bordo, la acuicultura y las algas y argazos, la primera venta puede realizarse, además de en las lonjas, en establecimientos autorizados por la Administración pesquera. En el caso de la producción acuícola, tienen esta consideración los propios centros de cultivos de especies marinas.

Además de los nueve centros de expedición asociados a lonjas, la comunidad autónoma cuenta con 48 establecimientos autorizados para primera venta de productos de marisqueo a pie (88.538 kilos anuales por valor de 304.221 euros); dos para productos de las almadrabas en Barbate y Conil de la Frontera (390.737 kilos y 5,99 millones), y dos para congelados en Huelva (3.251 toneladas y 56,5 millones). Respecto a la acuicultura, hay 77 empresas con instalaciones en tierra y 24 en mar, con una producción anual conjunta de 6.875 toneladas y un valor de 53,56 millones de euros.

Trazabilidad

Tanto en las lonjas como en los demás establecimientos, la trazabilidad de los productos se garantiza a través de la emisión y transmisión electrónica de documentos como las notas de venta y los documentos de recogida, transporte y registro. Los datos obtenidos son también de utilidad para la elaboración de estadísticas y para el mantenimiento de los recursos pesqueros.

El sistema de información andaluz, oficializado en el decreto e integrado en la aplicación ‘Trazapes’ de la Administración central, obliga a detallar en los documentos los datos relativos a nombre de la especie, arte de pesca y zona de captura, entre otros que deben llegar al consumidor final. El decreto también abre la posibilidad de hacer mención de los caladeros andaluces en las etiquetas de lonja, como paso previo a una promoción de calidad diferenciada frente a productos del exterior.

La norma aprobada por el Consejo abre la posibilidad de que los mariscadores, tanto de embarcación como a pie, den salida a sus productos ya depurados y expedidos para aumentar la calidad en primera venta. Anteriormente era obligatorio vender primero, encargándose el comprador del transporte al centro de depuración.

En el caso del marisqueo a pie, que no tiene que desembarcar en puerto, la principal novedad es la unificación en un solo documento de los de transporte y registro sanitario exigidos para el traslado de los productos hasta el centro de depuración y expedición.


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