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El juez de ‘Tsunami Democràtic’ ofrece personarse a la familia del turista francés fallecido en El Prat

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Reclama información a la OTAN, la UE y el Ministerio de Transporte sobre el “bloqueo” del aeropuerto catalán

MADRID, 27 (EUROPA PRESS)

El juez que investiga ‘Tsunami Democràtic’ ha ofrecido personarse a la familia del turista francés fallecido de un infarto en el marco de los disturbios que se desataron en otoño de 2019 en el aeropuerto de El Prat tras la sentencia del ‘procés’, al considerar que es un paso fundamental para acreditar que los mismos influyeron en su muerte, al tiempo que ha pedido información a diversos organismos sobre las incidencias para determinar si su entidad merece la calificación de terrorismo.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6, Manuel García Castellón, insiste en que lo ocurrido el 14 de octubre de 2019 en el aeropuerto de El Prat encaja en delitos de terrorismo porque se trata de un ‘hub’ aéreo, considerado por tanto “infraestructura crítica”, con cuyo “bloqueo” se perseguía “desestabilizar gravemente el funcionamiento (…) de las estructuras económicas o sociales del Estado”.

A lo largo de 31 páginas, el instructor relata lo ocurrido aquel día. Así, recalca que comenzó a través de una convocatoria de Tsunami Democràtic por redes sociales: “Todo el mundo al aeropuerto”. Un llamamiento, precisa, que se tradujo en la llegada de 8.000 manifestantes a las instalaciones de El Prat con el objetivo de “detener la actividad del aeropuerto de Barcelona”.

García Castellón se hace eco de los informes policiales recibidos, según los cuales, “se consiguió bloquear la entrada y salida de personas de vehículos de la Terminal 1”, que “quedó totalmente inutilizada”. Describe que “los asaltantes accedieron a la zona de embarque, lograron asentarse delante de las puertas para acceder a los aviones, impidiendo el acceso de los pasajeros a los mismos, y consiguieron bloquear la torre de control aéreo de El Prat”.

Sobre esto último, subraya que, si las fuerzas de seguridad no hubieran logrado despejar el acceso por carretera a la torre de control aéreo, una acción con la que los manifestantes pretendían impedir el relevo de los controladores aéreos, “pudo haberse causado un peligro para la seguridad del tráfico aéreo nacional e internacional”.

Con todo, no duda de que “la acción puso en peligro la seguridad del aeropuerto” y la “seguridad aérea”, con “un peligro claro tanto para la integridad de los agentes, como para la de los propios asaltantes, cuando se producía el lanzamiento indiscriminado de objetos desde todas partes”, un peligro “extensible a los viajeros” y que “pudo materializarse en el fallecimiento del ciudadano de nacionalidad francesa Jean Claude Scherzinger”.

En este sentido, el magistrado destaca que, si bien la información recibida de los juzgados que investigaron la muerte y el informe forense hablan de muerte natural por una afección cardiaca, este último indica también que “el diagnóstico de esta categoría está determinado tanto por los hallazgos patológicos como por el historial médico y de las circunstancias de la muerte”. “Precisamente, esas circunstancias fueron el colapso del aeropuerto, subraya García Castellón.

En la misma línea, recuerda las declaraciones a la prensa de la hija de Scherzinger en las que afirmó que “cree que las circunstancias que se dieron en el aeropuerto influyeron en la dolencia cardiaca de su padre” hasta el punto de que llegó a decir que “su muerte fue a causa de esto”, preguntando al periodista si podían denunciar.

Para el juez, “esta circunstancia pone de manifiesto tanto que debe realizarse el oportuno ofrecimiento de acciones a la familia del señor Scherzinger, con información de qué es lo que pueden hacer, y de qué modo, como la necesidad de obtener la declaración de Francine Scherzinger (su mujer, que iba con él ese día), para conocer, de primera mano qué sucedió”. Y a tal fin ordena ponerse en contacto con las autoridades francesas.

1,7 MILLONES DE EUROS DAÑOS ECONÓMICOS

Por otro lado, el instructor se refiere a los perjuicios económicos ocasionados por ‘Tsunami Democràtic’, cifrándolos en al menos 1.793.018,25 euros, en base a las valoraciones enviadas por el Ministerio de Transportes y las propias compañías aéreas a la Audiencia Nacional.

De éstas, “Vueling fue la más afectada”, con un daño económico de 978.000 euros, por los 169 vuelos cancelados ese día, a los que se suman los 815.018,25 euros señalados por el Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana por los daños materiales y el lucro cesante, aunque apunta que AENA elevó esa cifra a 1.217.595 euros.

Así las cosas, García Castellón requiere más información a ENAIRE, entidad pública empresarial dependiente del Ministerio de Transportes, Movilidad y AgendaUrbana; a la Agencia de la Unión Europea para la Seguridad Aérea (AESA); y a la OTAN, a través del comandante supremo aliado en Europa (SACEUR), para que precisen las incidencias registradas ese día en El Prat y en el tráfico aéreo nacional e internacional.

También pide información al Servicio de Emergencias Médicas (SEM) sobre “todas las incidencias médicas contabilizadas” esa jornada y, en concreto, sobre “todos los registros que tengan de aquel día en donde se contengan las circunstancias relativas al fallecimiento de Jean Claude Scherzinger”, mismo requerimiento que hace al 112, mientras que al Hospital de Bellvitge, a donde se le trasladó en helicóptero, le pide el historial médico completo del ciudadano francés.

JORNADA DE REFLEXIÓN

Por último, el instructor añade que “la investigación ha permitido comprobar que Tsunami Democràtic trató de influir en el proceso electoral”, de modo que “el día 1 de noviembre de 2019, con motivo de las Elecciones Generales previstas para el día 10 de noviembre, convocó a través de Twitter y Telegram a sus seguidores a desobedecer a la Junta Electoral Central (JEC)”.

En concreto, recuerda que durante la jornada de reflexión del día 9 de noviembre se organizaron “una serie de actividades culturales, políticas y festivas en todas las ciudades, pueblos y barrios del territorio de la comunidad autónoma catalana, pretendiendo, con ello, interferir en el proceso electoral”.

A este respecto, se dirige a la JEC para que informe “sobre las actuaciones realizadas en relación con los hechos que tuvieron lugar a la jornada de reflexión”, especificando si “se llegó a efectuar algún requerimiento para impedir que se desarrollaran estos actos, a quién y el resultado”; al Ayuntamiento de Barcelona y a la Delegación del Gobierno, para que informen sobre los actos autorizados; y a la Guardia Urbana, sobre las actuaciones llevadas a cabo.

En cualquier caso, encarga a la Guardia Civil que investigue si durante los actos celebrados en la jornada de reflexión “se efectuaron proclamas, discursos, mensajes o cualquier otro acto de naturaleza política expresamente prohibido por la LOREG”.


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