MADRID, 20 (EUROPA PRESS)
La Audiencia Nacional (AN) ha acordado el archivo por defectos formales de la recusación que el jefe de la oficina de Carles Puigdemont, Josep Lluís Alay, planteó contra el juez Manuel García Castellón, el encargado de investigar el papel de Tsunami Democràtic en los disturbios que siguieron a la sentencia del Supremo que condenó a los líderes del ‘procés’ independentista catalán en el otoño de 2019.
En una providencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Penal advierte errores formales en el escrito presentado por el letrado de Alay, Gonzalo Boye. Según apunta la Sala, “el escrito de recusación presentado en relación con una causa o procedimiento penal, debe necesariamente, por exigencia legal, para poder ser admitido, venir firmado por letrado y por procurador”. “Y en concreto, en este caso, por el que corresponda de los que figuran en el poder especial acompañado con el escrito de recusación”, añade.
La Audiencia Nacional explica que como “estos defectos formales no constan subsanados debe permanecer el expediente en la situación de archivo provisional en la que se halla”. Fuentes jurídicas explican que, a pesar del archivo, todavía queda pendiente que el tribunal resuelva sobre la recusación planteada por otro de los acusados: el consejero de Òmnium Oleguer Serra.
Otro de los acusados, el empresario Oriol Soler, pidió al magistrado que se apartase de la causa, pero el propio García Castellón inadmitió su petición.
Cabe recordar que fue el pasado mes de noviembre cuando Alay recusó al titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 por unas manifestaciones que realizó en el Foro La Región de Ourense en alusión a la amnistía.
“Yo únicamente como ciudadano puedo decir dos cosas: Uno: que la Constitución tampoco está prohibida la esclavitud y sin embargo no es posible. Y no está prohibida expresamente. Y dos: Bien, estos señores han dicho si en cuanto puedan van a volver a repetirlo por lo tanto ¿será esta amnistía la primera de muchas otras después?”, espetó el magistrado en ese foro.
El abogado de Alay recordaba en la recusación que esa ley de amnistía, “llegado el caso, podrá ser de aplicación al procedimiento que el magistrado viene instruyendo por espacio de cuatro años y que, a la vista de sus manifestaciones, rechaza de plano”.
“Rechazo que, evidentemente, apunta al interés del magistrado por el presente procedimiento y su terminación hasta el punto de llegar a comparar una futura ley de amnistía con la esclavitud. Pero, es más, el propio magistrado es conocedor de que no puede pronunciarse sobre este asunto”, aseguraba.
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