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PNV y PSE proponen gravar directamente la instalación de energías renovables en terrenos no urbanizables

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La medida se incluye entre las 117 enmiendas de ambas formaciones al Proyecto de Ley de Transición Energética y Cambio Climático

VITORIA, 18 (EUROPA PRESS)

El PNV y el PSE-EE han registrado una enmienda al Proyecto de Ley de Transición Energética y Cambio Climático en el que plantean la creación de un ‘canon de energías renovables’ destinado a financiar actuaciones de la Administración en zonas del territorio afectadas “directa o indirectamente” por la implantación de estas infraestructuras en zonas no urbanizables.

La cuota de este “impuesto directo” –tal y como se define en la enmienda– se calculará multiplicando la potencia total instalada, medida en MW, por 3.000 euros.

Esta propuesta se incluye entre las 117 enmiendas acordadas por el PNV y el PSE-EE al Proyecto de Ley de Transición Energética y Cambio Climático elaborado por el Gobierno Vasco, del que ambas formaciones forman parte y que se encuentra en fase de tramitación en el Parlamento autonómico.

En las enmiendas de ‘jeltzales’ y socialistas, recogidas por Europa Press, se precisa que se considerarán instalaciones de energías renovables los parques eólicos y fotovoltaicos para la generación de energía eléctrica.

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El canon gravará la implantación “en suelo no urbanizable” de este tipo de instalaciones, y estará destinado a financiar el desarrollo de actuación, por parte de la Administración Autonómica, en zonas que resulten afectadas “directa o indirectamente” por la implantación de estas infraestructuras.

ÁMBITO DE APLICACIÓN

A su vez, se precisa que este canon será “un impuesto directo, periódico y de naturaleza personal”. Además, afectará a instalaciones que ya estuvieran implantadas en Euskadi antes de la entrada en vigor de esta ley y a las que entren en funcionamiento con posterioridad, “independientemente de que se encuentren o no en explotación”.

Estarán exentos de este impuesto los titulares de autorizaciones de instalaciones de autoconsumo y las de generación de una potencia inferior a 2MW, salvo que dichas autorizaciones unidas a las de otra persona o entidad vinculada entreguen a la red, a través de la misma línea de evacuación, una producción igual o superior a 2MW.

COMPETENCIA DEL GOBIERNO VASCO

En otra enmienda referida a esta cuestión se precisa que el “sujeto activo” en materia de este canon será el departamento del Gobierno vasco competente en el ámbito de energía y cambio climático.

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La base imponible de este tributo será la potencia total instalada medida en MW, de acuerdo con lo que establezca la autorización administrativa de explotación. La cuota se calculará multiplicando la potencia total instalada medida en MW por 3.000 euros.


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