Aplica la doctrina que fijó con la impugnación de Madrid y que ya extendió a las de Galicia y Andalucía
MADRID, 12 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado los recursos presentados por el Gobierno de Murcia y la Asamblea de Madrid contra el impuesto a las grandes fortunas, aplicando así la doctrina que fijó al desestimar la impugnación formulada por el Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso contra el nuevo tributo y que ya extendió a las de los gobiernos de Galicia y Andalucía.
Según ha informado el TC, el Pleno celebrado este martes ha aprobado las ponencias redactadas por las magistradas progresistas María Luisa Balaguer e Inmaculada Montalbán recogiendo dicha doctrina, si bien los magistrados enmarcados en el ala conservadora –Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa– han anunciado voto particular.
El TC resolvió por primera vez sobre este asunto en su sentencia del pasado 7 de noviembre sobre el recurso presentado por el Gobierno de Díaz Ayuso contra la decisión de Moncloa de gravar el patrimonio neto de las personas físicas de cuantía superior a los 3 millones de euros.
Los magistrados resolvieron entonces que dicho gravamen no vulnera las competencias autonómicas en materia fiscal ni resulta confiscatorio. “La queja real de la Comunidad de Madrid es que aquellos de sus residentes con un patrimonio superior a 3 millones de euros (únicos que están sujetos al impuesto sobre grandes fortunas) tendrán que pagar el nuevo impuesto estatal, con lo que Madrid pierde su atractivo fiscal para atraer dicha riqueza a su territorio”, indicaron.
El TC ya avanzó entonces que aplicaría esta misma doctrina a los demás recursos contra el impuesto a las grandes fortunas. Además de Madrid, Andalucía y Galicia, recurrió Murcia. Tanto el Ejecutivo madrileño como el andaluz pidieron que se suspendiera cautelarmente la aplicación del tributo, pero el Constitucional lo denegó.
VOTOS PARTICULARES
En su voto particular a esa primera sentencia, los magistrados conservadores denunciaron que el impuesto a las grandes fortunas es un “ataque frontal a la autonomía financiera y política de las comunidades autónomas” y, en consecuencia, ha “ventilado” la “vigencia misma del Estado democrático de Derecho”.
Señalaban además que la forma de aprobación de la iniciativa legislativa que dio lugar a la Ley 38/2022 supone un claro menosprecio al principio democrático, a los derechos de representación política de las minorías y al principio de legalidad tributaria.
A ello añadían que vulnera el principio de seguridad jurídica y la protección de la confianza legítima de los ciudadanos en la actuación de los poderes públicos que de él se deriva, por la sorpresiva aplicación del impuesto.
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