Consiste en exigir dinero y amenazar a aquellos que han accedido a páginas de contactos
VALLADOLID, 7 (EUROPA PRESS)
La Audiencia de Valladolid juzga el próximo día 15 de diciembre a un varón, cuya identidad responde a las iniciales I.B.O, como presunto autor del conocido ‘timo del sicario’, consistente en extorsionar a una persona que ha accedido a páginas de contactos y de la que obtuvo un total de 2.675 euros.
En su escrito de calificación provisional, Fiscalía de Valladolid tipifica los hechos como un delito de extorsión y pide para el encausado una condena de dos años de cárcel y, alternativamente, tres años y seis meses de prisión y multa de 6.000 euros por delito de blanqueo de capitales con la agravante de reincidencia.
En concepto de responsabilidad civil, la acusación pública pide que I.B.O. indemnice a la víctima en la cantidad de 2.675 euros, más los intereses legales correspondientes, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
Los hechos se remontan al 15 de marzo de 2022 cuando la víctima, que había accedido previamente a páginas de contactos, comenzó a recibir en su teléfono móvil varios WhatsApp y luego llamadas telefónica en la que su interlocutor, presuntamente el acusado u otra persona que actuaba de acuerdo con él, le conminó a efectuar entregas de dinero en pago a los perjuicios causados a una mujer por no haber concertado una cita con ella, adviertiéndole de manera amenazante de que se personaría en su domicilio y lugar de trabajo.
La víctima, ante el temor a sufrir una agresión, efectuó ese mismo día desde su cuenta en BBVA cuatro transferencias por importe de 500, 840, 680 y 650 euros a la cuenta de la que era titular el acusado, quien dispuso de dichas cantidades de forma inmediata.
En el relato de hechos alternativo, para el caso de un delito de blanqueo de capital, el fiscal del caso apunta que el acusado, pese a conocer el origen ilícito de las cantidades recibidas, utilizó su cuenta en ING Bank para la recepción de esas sumas y otras de idéntico origen que luego reintegraba en metálico o mediante pagos en tarjeta, dificultando así el seguimiento del dinero y la identificación de los posibles responsables de los hechos.
En el supuesto de que fuera finalmente condenado por este delito, el acusador público interesa que se le aplique la agravante de reincidencia, ya que I.B.O. cuenta con una condena anterior de tres meses de prisión por idéntica conducta dictada en 2021 por la Audiencia Provincial de Castellón de la Plana.
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