MADRID, 05 (SERVIMEDIA)
El Consejo de Ministros prevé aprobar hoy en una primera vuelta el anteproyecto de ley de paridad que quedó en el aire con las convocatorias electorales y que preveía fijar para el año que viene que las empresas cotizadas alcancen el 40% de mujeres en órganos directivos, y que 2028 sea el plazo límite para las entidades públicas.
Fuentes gubernamentales señalaron a Servimedia que no se prevén cambios relevantes respecto al anteproyecto que se aprobó en mayo en segunda vuelta por el Consejo de Ministros.
Entonces se fijó la exigencia de un mínimo del 40% de mujeres en los órganos directivos de empresas cotizadas y en órganos constitucionales como el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) o el Tribunal Constitucional, estableciendo como fecha límite junio de 2024 para las empresas del Ibex-35 y junio de 2028 para el sector público.
La vicepresidenta primera y titular de Economía, Nadia Calviño, defendió en ese momento el anteproyecto y explicó que se deriva de la transposición de una directiva europea que pide un mínimo del 40% del sexo menos representado, en este caso las mujeres, en los órganos de decisión públicos y privados de grandes empresas, órganos constitucionales y colegios profesionales.
La nueva norma se aplicaría a empresas públicas, a los partidos políticos con las llamadas ‘listas cremallera’ en las candidaturas electorales, al Gobierno, a los órganos constitucionales y a grandes empresas que cotizan.
Según explicó Calviño, el 30 de junio de 2024 acaba el plazo para las cotizadas del Ibex, un año más tarde finaliza para las empresas con una capitalización bursátil superior a los 500 millones, el 30 de junio de 2026 finaliza para las de capitalización inferior, las sociedades de interés público tendrán hasta esa misma fecha para cumplir con una cuota del 33% y el 30 de junio de 2028 para el 40%.
Con la nueva norma, según lo acordado en mayo, los consejos de administración de las sociedades cotizadas y de las entidades de interés público que tengan más de 250 trabajadores y una cifra de negocios de más de 50 millones de euros o un activo superior a 43 millones de euros deberán tener una composición acorde con la cuota fijada. Para lograrlo, deberán adaptarse los procesos de selección debiendo, en caso de empate entre varios candidatos, elegir al del sexo menos representado en el consejo.
En ambos tipos de sociedades se establece la obligación de velar por que la alta dirección también cumpla este principio. En el caso de las sociedades cotizadas se establece como infracción grave el incumplimiento de estas previsiones.
Respecto al régimen sancionador, la norma sería más exigente cuando no se cumpla con la cuota en el caso de las empresas cotizadas y la compañía tendrá que establecer protocolos para cumplir.
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