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El plan del Estado para hacer frente a las nevadas en las carreteras de Madrid cuenta con 685 agentes de la Guardia Civil y 226 máquinas quitanieves

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MADRID, 24 (EUROPA PRESS)

El Plan de Coordinación de Actuaciones ante Situaciones de Nevadas 2023-2024, con el que se pretende asegurar la vialidad invernal en la Red de Carreteras del Estado en la Comunidad de Madrid, contempla 226 máquinas quitanieves (19 más que el año pasado) ubicadas en 16 municipios, once de ellos en la Comunidad.

A estos recursos hay que sumar que el Sector de Tráfico de la Guardia Civil en Madrid contará con 685 agentes especialmente dedicados al Plan de Nevadas: 350 en Madrid Norte, 295 en Madrid Sur y otros 40 en los servicios centrales.

Los agentes podrán disponer de 390 vehículos, 88 de ellos especialmenteacondicionados para intervenir en situaciones de intensas nevadas o heladas, con el fin de evitar problemas de circulación en los casi 900 kilómetros de red viaria del Estado que discurren por la Comunidad de Madrid.

En el marco de este plan, que se puso en marcha el pasado 1 de noviembre y estará vigente hasta el próximo 30 de abril de 2024, también se cuenta con 27.174 toneladas de sal y 2.175.000 litros de salmuera (agua con sal) distribuidos en 27 plantas y 62 silos.

Además, hay previstas casi 30.000 plazas para aparcamiento obligatorio de camiones en las áreas de estacionamiento (29.739) y 101 puntos de control para el establecimiento de restricciones a la circulación en la Comunidad de Madrid.

También se activarán, cuando sean necesarios, los aspersores automáticos de fundentes de nieve situados en un tramo de un kilómetro en la entrada del BusVAO en Las Rozas (A-6), para evitar accidentes y retenciones en una zona especialmente sensible, donde las máquinas quitanieves tienen un acceso complicado.

En caso de emergencia, como ha ocurrido tradicionalmente, se dispondrá del apoyo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y el refuerzo que supone el despliegue de la Unidad Militar de Emergencias (UME).

Con este dispositivo se responderá a los fenómenos adversos claramente invernales (nevadas, hielo, granizo o lluvia engelante) que se produzcan en las vías de ámbito estatal de la región.

El protocolo de actuaciones prevé como puntos potencialmente conflictivos las cotas superiores a 1.000 metros, que son: el puerto de Somosierra en la A-1 (con 1.444 metros de altitud, desde el kilómetro 84 al 96), y el puerto de GuadarramaAlto del León en la Nacional VI (con 1.511 metros de altitud, desde el kilómetro 52 a 57).

Otros tramos conflictivos son los comprendidos entre el kilómetro 57 y el límite con la provincia de Segovia en la autovía A-1, y entre el kilómetro 42 y el límite con la misma provincia en la A-6.

Otras de las prioridades de la Delegación del Gobierno, dada la importancia estratégica de la ciudad de Madrid, es garantizar la vialidad de los accesos a la capital. Así, se prestará especial atención a las vías que se pueden calificar como “críticas”, como son los anillos viales de circunvalación, las radiales de entrada y salida a la capital y los accesos al aeropuerto Adolfo Suárez Madrid Barajas, las estaciones de ferrocarril y otras infraestructuras de transportes.

PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS

El Plan establece los procedimientos operativos que deberán llevarse a cabo según las tres posibles fases que pueden producirse: Alerta, Preemergencia y Emergencia. En cada fase se concretan los motivos para su declaración, quiénes deben intervenir y qué recursos deben ponerse en marcha.

La declaración de las tres fases está relacionada directamente con los niveles de riesgo que puede emitir la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), a través del Plan Nacional de Predicción y Vigilancia de Meteorología Adversa (Meteoalerta), que facilita en tiempo real la mejor y más actualizada información meteorológica posible con un adelanto de hasta 60 horas.

Estos niveles de riesgo son ‘Amarillo’ –cuando no existe riesgo meteorológico para la población en general, aunque sí para alguna actividad concreta–, ‘Naranja’ –cuando el riesgo meteorológico es importante y las personas y bienes vulnerables o en zonas expuestas pueden sufrir daños graves– y ‘Rojo’ –cuando el riesgo es considerado extremo y las personas y bienes vulnerables o en zonas expuestas pueden sufrir daños muy graves o catastróficos–

Según las previsiones meteorológicas, el Plan prevé la declaración de tres fases. Así, la fase de alerta se iniciará con la emisión por el Centro Nacional de Predicción de Aemet de un boletín de aviso de nevadas de niveles rojo o naranja relativo a un determinado ámbito territorial, o un boletín de situación amarilla por nevadas en el Área Metropolitana-Henares de Madrid. Supondrá la inmediata puesta en funcionamiento del Centro de Coordinación Operativa de la Delegación del Gobierno.

Por su lado, la fase de preemergencia se producirá cuando comience a nevar y la previsión de nevada sea fuerte y se deban tomar decisiones sobre la conveniencia del despliegue de máquinas quitanieves y esparcidoras de sal en la calzada para la retirada de nieve, así como decisiones de corte de tráfico de camiones y autobuses. Además, en esta misma fase, se establecerán restricciones a las condiciones normales de circulación, que pueden suponer el uso obligado de cadenas para transitar por la red de carreteras, así como la puesta en marcha de controles por parte de la Guardia Civil de Tráfico.

En este caso, se establecerán procedimientos operativos de prevención como la movilización de grúas para retirar vehículos inmovilizados que dificulten las actuaciones o la movilización de máquinas quitanieves para dejar expeditas las vías.

Finalmente, la fase de emergencia se alcanzará desde el mismo momento en que la nieve existente en la calzada, el hielo o cualquier otra circunstancia (como vehículos atravesados) provoquen el corte de la calzada y fuera necesario prestar atención a personas que puedan haberse quedado bloqueados y les resulte imposible seguir el viaje por sus propios medios.

En este caso, además de las actuaciones previstas en las dos fases anteriores, se pondrá a disposición del órgano competente en materia de Protección Civil de la Comunidad de Madrid, los medios de la Administración General del Estado que puedan contribuir a una adecuada atención a los ocupantes de vehículos que hayan quedado bloqueados.


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