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El CGPJ analizará la solicitud de protección del juez de ‘Tsunami’ debido a las declaraciones del subsecretario de Justicia

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Considera que “existe fundamento suficiente” para tramitar la solictud de García Castellón

MADRID, 16 (EUROPA PRESS)

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado tramitar la petición de amparo realizada por el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón, que lo solicitó ante las declaraciones vertidas por el secretario de Estado de Justicia, Tontxu Rodríguez, el cual acusó al instructor de ‘Tsunami Democratic’ de querer influir en las negociaciones de la amnistía por dirigir la investigación contra el ex presidente catalán Carles Puigdemont.

El órgano ejecutivo del CGPJ ha tomado esta decisión por mayoría tras “las declaraciones realizadas por varios responsables políticos a raíz del auto dictado el pasado día 6 en el que acordó la continuación de la tramitación de las diligencias previas 85/2019, en las que se investigan las actividades de ‘Tsunami Democràtic'”.

En concreto, García Castellón se refería a unas manifestaciones del secretario de Estado de Justicia en una radio y a otras de la portavoz del Govern de la Generalitat de Cataluña, Patricia Plaja, en una rueda de prensa. Ahora, el CGPJ da diez días a los dos para que presenten alegaciones.

Fue el pasado 8 de noviembre cuando Rodríguez en una entrevista en Radio Popular señaló de forma irónica que era una “casualidad” que García Castellón dirigiera la investigación sobre ‘Tsunami’ contra Puigdemont y contra la secretaria general de ERC, Marta Rovira, unos días antes de que se llegara “a un acuerdo con Junts y unos días después de que se hubiera llegado a un acuerdo con ERC”.

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También apuntó que el ex presidente del Gobierno del PP José María Aznar “podría hablar un poquito de García Castellón”. “¡Qué casualidad que ahora, que se podía llegar a un acuerdo para formar Gobierno, imputen a los líderes catalanes! Yo no tengo ni idea de si tiene razón o no, pero qué casualidad que tiene que ser este día. Podía haber sido un año y medio antes o un año y medio después, pues no, justo en medio de las negociaciones, si eso no es influir…”, censuró.

En cuanto a la portavoz de la Generalitat de Cataluña, el pasado 7 de noviembre afirmó lo siguiente: “Aquellos a quien les toca impartir justicia, algunos, no todos, buscan no solo condicionar negociaciones políticas sino castigarlas, prevaricando”.

Para el CGPJ, “puede considerarse ‘ab initio’ que existe fundamento suficiente para admitir a trámite la petición”. Una vez recibidas las alegaciones, el asunto se someterá de nuevo a la Comisión Permanente para la adopción de una resolución definitiva, según ha informado el CGPJ.

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APOYO TRANSVERSAL

La admisión a trámite ha contado con el apoyo del presidente interino del CGPJ, Vicente Guilarte; la vocal progresista Roser Bach; y los vocales conservadores José Antonio Ballestero, Ángeles Carmona y Carmen Llombart. Por su parte, las también vocales progresistas Mar Cabrejas y Pilar Sepúlveda han votado en contra.

Cabrejas ha justificado su voto en un escrito en el que explica que, en su opinión, en el presente caso no concurren los requisitos para la admisión a trámite de la petición de amparo, esto es, que dichas declaraciones no solo lesionen el valor de la independencia judicial, sino que además influyan en el proceso de toma de decisiones judiciales.

No obstante, ha propuesto que la Comisión Permanente adoptara una declaración en la que se pusiera de manifiesto que las manifestaciones puestas en conocimiento del CGPJ por García Castellón “resultan inadmisibles y han de calificarse en los términos justos que se merecen: un exceso no justificado de crítica de las decisiones judiciales que cuando proceden de responsables públicos y políticos adquieren perfiles de especial gravedad”.

PRESUNTA PREVARICACIÓN

García Castellón trasladó al CGPJ en un escrito, al que tuvo acceso Europa Press, que las citadas declaraciones “podrían suponer la imputación manifiesta de la comisión de un hecho delictivo, prevaricación judicial, al atribuir a este instructor el dictado de una resolución con la sola voluntad de influir, extremo totalmente ajeno a la realidad del procedimiento penal en el que se enmarca la decisión”.

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“Se aprecia una perturbación en la independencia del instructor en la medida que, quien afirma lo anterior, es el titular de la Secretaría de Estado de Justicia, órgano a quien corresponde, entre otras funciones las de apoyo y cooperación con la Administración de Justicia o la promoción de los Derechos Humanos en el ámbito de competencias del Ministerio, o la participación en las relaciones del Ministerio con los órganos de gobierno del Consejo General del Poder Judicial”, dijo.

El juez aseguró que desde que dictó ese auto “se han sucedido diversas manifestaciones respecto a dicha resolución en diferentes medios de comunicación convencionales o digitales, así como en redes sociales”. “Sería una tarea prácticamente imposible, por su volumen, analizar el contenido de todo lo publicado. En todo caso, será a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y a los órganos competentes, a quienes corresponda depurar, si las hubiere, las responsabilidades que pudiera derivarse”, zanjó.


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