MÁLAGA, 9 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia que condenó a 16 años de prisión a un hombre por matar a otro que era su excuñado de dos disparos en el portal de su vivienda en la localidad malagueña de Fuengirola. También ratifica la absolución de otro procesado.
Los hechos sucedieron en septiembre de 2019. Según se declaró probado por un jurado popular, y ahora confirma el alto Tribunal andaluz, el primer acusado había decidido acabar con la vida del otro hombre “con el que no tenía buena relación”, para lo que se escondió en el rellano del portal al que iba a acudir.
Así, cuando este se acercaba, el acusado le abordó “de manera súbita e inesperada”, por lo que “no pudo defenderse de dicho ataque”, en el que le disparó una primera vez a una distancia de entre 100 y 200 centímetros. La bala le alcanzó en la región costal anterolateral izquierda.
La víctima cayó al suelo, recoge la sentencia del TSJA, “sin ninguna posibilidad de defensa”, momento en el que el acusado realizó un nuevo disparo, esta vez a una distancia entre 100 y 140 centímetros, causándole la muerte rápidamente por un shock hipovolémico.
Los enfrentamientos eran porque el hombre recriminaba al acusado que utilizaba a su hijo menor en robos de droga a narcotraficantes, pero los jurados entendieron que esto no causó en el procesado una situación de miedo que lo llevara a estos hechos. Además, antes de disparar no hubo agresión por parte de la víctima.
Asimismo, respecto al otro acusado, que era la pareja en ese momento de la hermana del primer procesado, se declaró probado que el día de los hechos estaba en un bar enfrente y vio pasar al primero, al que saludó de lejos, escuchando momentos después dos detonaciones que parecían de un arma de fuego, por lo que se acercó junto a otras personas a la zona y vio a la víctima en el suelo sangrando.
El TSJA mantiene que este “en ningún momento” le facilitó al otro acusado el arma de fuego, “que ni le pertenece ni nunca le ha pertenecido”; así como que no participó de forma alguna en la muerte del hombre, desconociendo incluso que este el día de los hechos se encontraba en la barriada.
Por estos hechos, tras el veredicto del jurado popular, la Audiencia de Málaga condenó a uno de los acusados por un delito de asesinato, imponiéndole 15 años de prisión, y otro de tenencia ilícita de armas, por la que se le impuso un año de cárcel; y absolvió al segundo procesado.
Esta resolución ahora ha sido confirmada por el tribunal andaluz de apelación, tras rechazar los recursos presentados por la acusación particular, que pedía la condena del hombre absuelto; y por la defensa del acusado condenado.
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