Los magistrados comienzan a debatir la impugnación del ex diputado ‘morado’ sin entrar en el análisis del nuevo tributo
MADRID, 26 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Constitucional (TC) ha dejado pendiente para próximos plenos la resolución del recurso presentado por el ex diputado ‘morado’ Alberto Rodríguez contra la condena del Tribunal Supremo (TS) que le supuso la pérdida del escaño y del recurso del Gobierno de Isabel Díaz Ayuso en la Comunidad de Madrid contra el impuesto a las grandes fortunas, que grava el patrimonio neto de las personas físicas de cuantía superior a los 3 millones de euros.
Según las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, los magistrados han comenzado a deliberar sobre el recurso de Rodríguez pero no han llegado a resolver porque a medio debate la ponente, la magistrada progresista María Luisa Segoviano, ha decidido retirar el borrador de sentencia que había presentado a sus colegas para estudiarlo mejor.
En este borrador, Segoviano proponía dar la razón a Rodríguez al considerar que la condena que le impuso el Supremo por propinarle una patada a un policía durante una manifestación que tuvo lugar en 2014 en La Laguna (Tenerife) fue desproporcionada porque le supuso la pérdida del escaño.
Las citadas fuentes apuntan que la mayoría progresista del TC –de siete magistrados frente a cuatro– está a favor de estimar el recurso de Rodríguez pero no hay unanimidad en los motivos.
El Supremo condenó a Rodríguez a la pena de prisión de un mes y quince días como autor de un delito de atentado a agente de la autoridad con la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
El alto tribunal sustituyó la pena de prisión por una multa de 90 días con cuota diaria de 6 euros (en total, 540 euros), si bien aclaró que este reemplazo de la pena principal no afectaba a la pena accesoria, que fue la que finalmente dio lugar a que Rodríguez perdiera su asiento en el Congreso de los Diputados.
Rodríguez también impugnó el acuerdo adoptado el 22 de octubre de 2021 por la presidenta de la Cámara Baja, Meritxell Batet, para retirarle el escaño después de que el Supremo le condenara. Sin embargo, el TC no analizado ahora este asunto, que sigue pendiente.
Además, el ex diputado ‘morado’ lleva desde enero de 2022 a la espera de que el TC conteste a una medida cautelar, con la que buscaba que se le devolviera el acta de diputado, que planteó al mismo tiempo que pidió amparo al Constitucional.
Cabe recordar que la Fiscalía del Tribunal Constitucional apoyó amparar al político canario por la retirada del escaño, no así en la impugnación contra el fallo del alto tribunal.
EL RECURSO DE DÍAZ AYUSO
Por otro lado, el propio tribunal ha informado de que los magistrados no han tenido tiempo para iniciar la discusión sobre el recurso de la Comunidad de Madrid contra el impuesto a las grandes fortunas
En este caso, la ponencia redactada por la magistrada progresista María Luisa Balaguer propone rechazar el recurso ‘popular’. Las citadas fuentes apuntan que lo más probable es que cuente con el apoyo de la mayoría de sus compañeros, lo que supondría avalar el nuevo tributo.
El borrador de sentencia sostiene que la creación de dicho gravamen no supone una invasión por parte del Estado de las competencias autonómicas en materia fiscal. De hecho, subraya que las facultades autonómicas no pueden interpretarse hasta el punto de neutralizar las estatales.
El Ejecutivo de Díaz-Ayuso defendía en su impugnación que el tributo podría vulnerar, entre otros, los principios de seguridad jurídica, capacidad económica y no confiscatoriedad, así como la autonomía política y financiera de las comunidades autónomas.
Además de Madrid, han impugnado este impuesto los gobiernos de Andalucía, Galicia y Murcia. Tanto el Ejecutivo madrileño como la Junta pidieron que se suspendiera cautelarmente la aplicación del tributo, pero el Constitucional lo denegó.
Fue hace casi un año cuando el Senado aprobó el gravamen. La medida fue incluida vía enmienda en el Congreso por PSOE y Unidas Podemos en la proposición de ley para introducir nuevos gravámenes temporales a empresas energéticas y banca.
El impuesto es del 1,7% para los patrimonios de entre 3 y 5,3 millones de euros; del 2,1% para los patrimonios de entre 5,3 y 10,6 millones; y del 3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10,6 millones de euros.
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