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El Supremo confirma la anulación de los servicios mínimos de la huelga del sector metalúrgico en Cantabria

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SANTANDER, 25 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha dado la razón a Comisiones Obreras (CCOO) y ha ratificado la anulación de la resolución por la que la Consejería de Industria del Gobierno de Cantabria fijó servicios mínimos en una empresa auxiliar de Solvay Química durante la huelga del metal, en junio de 2022.

Así, el Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el Gobierno de Cantabria contra la sentencia en este sentido dictada el pasado mes de noviembre por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), y que ahora confirma.

El alto tribunal entiende, reafirmando la pretensión de la Federación de Industria de CCOO, que la empresa Servicios Industriales y Concesionarios MOP SL, auxiliar de Solvay Química, no realiza ningún servicio esencial y, por lo tanto, el Gobierno de Cantabria no tiene facultad de imponer servicios mínimos en ella durante el desarrollo de una huelga.

En este sentido, la sentencia del TSJC argumentaba que los servicios prestados por dicha empresa a Solvay son de “limpieza”, en concreto el mantenimiento de instalaciones, por lo que en el contexto de una huelga general en el sector siderometalúrgico “no se trata de unos servicios esenciales para la comunidad, con potencial afectación a laseguridad y salud colectivas”.

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CCOO de Cantabria, que ha dado a conocer la sentencia del Supremo, lograda por sus servicios jurídicos, ha destacado la importancia de la misma, ya que “es pionera” y “especialmente relevante porque creará precedente sobre el papel de la Administración en futuras huelgas a nivel regional y estatal”.


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