MADRID, 4 (EUROPA PRESS)
La Sala de Competencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) acordó este miércoles que no procede iniciar ningún procedimiento sancionador a la Liga Nacional de Fútbol Sala (LNFS) al entender que no existe “ninguna conducta prohibida” en la explotación de los derechos audiovisuales, al ceder estos la competición a LaLiga en 2018, tras la denuncia presentada por la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), según un comunicado.
En su resolución de este miércoles, el organismo determinó que los estatutos de la LNFS en los que se recogía la cesión por parte de los clubes de la explotación de los derechos audiovisuales “fueron aprobados por unanimidad y no existió queja por ningún asociado”.
Asimismo, estableció que los contratos previos de cesión de derechos “no reportaron ingresos” hasta el suscrito con LaLiga en 2018, los cuales se repartieron entre sus asociados, “y que los clubes consultados no se opusieron al contrato” con la patronal del fútbol español.
Así, la CNMC da la razón a la LNFS al desestimar la denuncia de la RFEF del pasado 11 de noviembre de 2020, insistiendo en que “no existió ninguna conducta prohibida por los artículos 1, 2 y 3 de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia en ese contrato de cesión de derechos audiovisuales que suscribieron la LNFS y LaLiga el 5 de septiembre de 2018”.
Fue hace cinco años cuando la LNFS, “con el visto bueno y consentimiento de todos los clubes”, cedió a LaLiga la titularidad de todos los derechos de explotación audiovisual de la totalidad de la Primera División, la Copa de España y la Supercopa, a partir del curso 2018-19 y hasta la 2022-23, ambas incluidas. La LNFS destacó que, “antes de que la RFEF denunciara el 11 de noviembre de 2020, había sido objeto de legítima explotación por parte de LaLiga sin ningún tipo de objeción e impedimento”.
Según el comunicado emitido por la LNFS, la CNMC también ratificó que “no hay estrictamente un mercado de derechos audiovisuales de fútbol sala”, porque sus derechos se comercializando en “el ámbito de los derechos audiovisuales deportivos”, por lo que la Asociación “no ostentaba posición de dominio”.
Además, resolvió que la LNFS, “siendo discutible” si ostentaba o no posición de dominio en la organización de competiciones oficiales, “no se aprovechaba de la misma”. “Por lo que no hay infracción alguna descartando así la realización de supuestas prácticas restrictivas de la LNFS como reclamaba el denunciante, la RFEF”, informó el comunicado.
Finalmente, la Asociación avanzó que reclamará ahora “la oportuna indemnización por los daños y perjuicios ocasionados” tanto a la RFEF como a los seis equipos que aportaron sus derechos audiovisuales a la Federación -Inter, Jaén, Burela, Peñíscola, Xota y Ribera-.
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