MADRID, 19 (SERVIMEDIA)
Facua-Consumidores en Acción ha denunciado a la empresa promotora del festival Rototom Sunsplash, que se celebra en Benicàssim (Castellón) por “imponer” el sistema de pulsera ‘cashless’ como “único método de pago” y por prohibir el acceso con comida y bebida del exterior, entre otras cuestiones.
Así lo anunció este martes la asociación de consumidores en un comunicado en el que precisó que, en su denuncia, dirigida al Servicio de Espectáculos y Establecimientos Públicos de la Consejería de Justicia, Interior y Administración de la Generalitat Valenciana, explica que la promotora “impuso” como método de pago dentro de las instalaciones unas pulseras con sistema ‘cashless’ y que los usuarios “estaban obligados a recargar las pulseras para poder adquirir productos dentro del recinto del festival”.
No obstante, si los asistentes no deseaban utilizar este sistema de pago, se les “imponía” el uso de tarjeta de crédito, quedando “en todo caso excluido el empleo de dinero metálico” salvo en los stands del mercadillo que no admitiesen otro medio de pago.
Junto a ello, criticó que la organización del festival estableciese un plazo “limitado a 14 días” para recuperar el importe sobrante de las pulseras, una “imposición” que juzgó “completamente abusiva”
“Resulta obvio que se trataría de una práctica no consentida expresamente, que atenta a la buena fe, al imponerse un plazo excesivamente breve en perjuicio del consumidor, y que supone un flagrante desequilibrio contractual, toda vez que si el consumidor no actúa en el indicado plazo el empresario obtendría un enriquecimiento injusto al apropiarse de una cantidad íntegra de un servicio que finalmente no se presta”, sentenció la entidad.
COMIDA Y BEBIDA Y CANCELACIONES
En paralelo, lamentó que, aduciendo “razones organizativas y de seguridad e higiene”, la organización prohibiese introducir en el recinto del festival ni bebida ni comida, cláusula que también consideró “abusiva”.
Por lo que respecta a la política de reembolso en caso de cancelaciones o modificación “sustancial” del festival, Facua advirtió de que la promotora del Rototom “impuso medidas contrarias a derecho” y recordó que la empresa está obligada a cumplir el Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, que reconoce el derecho de los asistentes “a que el espectáculo o la actividad se desarrolle en su integridad y en la forma y condiciones con que haya sido anunciado”.
En esta línea, puntualizó que el mismo texto reconoce que, en caso de “variación” del espectáculo por parte de la empresa, si no se está conforme con sus condiciones y requisitos y “salvo causas de fuerza mayor”, la empresa promotora está obligada a “la devolución del importe de las localidades adquiridas”.
También se adquirirá el derecho al reembolso previsto “cuando por motivos de defecto en la organización del espectáculo o actividad o por la falta de previsión acreditada en cuanto al acceso escalonado a los establecimientos, las personas que hayan adquirido su entrada no hayan podido entrar en aquellos”.
Además, han abundado desde Facua en base a la legislación vigente, si el espectáculo o actividad se suspende de manera sobrevenida una vez iniciado, el espectador, sin perjuicio de lo dispuesto en normativas específicas reguladoras de espectáculos o actividades, “tendrá derecho a la devolución del importe de su entrada siempre y cuando no haya transcurrido un tercio del tiempo previsto de la actuación, espectáculo o actividad programados”.
Por todo ello, Facua insta a las autoridades a actuar “con contundencia” para “disuadir” a la promotora de la “imposición” de estas medidas que, a su entender, “impactan contra los derechos de los asistentes a este tipo de festivales”.
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