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Ordenan indemnizar con 90.000 euros a una policía por el acoso laboral de su superior y un subordinado

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Condena también a la Policía porque “ha fallado claramente” a la hora de proteger a la agente

MADRID, 20 (EUROPA PRESS)

El Juzgado de lo Social Número 4 de Puerto del Rosario (Fuerteventura) ha condenado a indemnizar con 90.000 euros a una policía por el acoso laboral que sufrió por parte de su superior directo y de un subordinado, el cual desembocó en que llegara a ser degradada en sus funciones.

En una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez estima “sustancialmente” la demanda presentada por la mujer –representada por Juan Antonio Frago, fiscal excedente y socio de Frago&Suarez Abogados Penalistas– contra los otros dos policías, declarando que vulneraron sus derechos fundamentales a la integridad física y moral y a la igualdad y no discriminación por razón de sexo, al “haber sufrido acoso laboral continuado”.

Apunta además que “resulta claro” que “la administración demandada” –el Cuerpo Nacional de Policía– “ha fallado claramente a la hora de evitar que la actora quedara expuesta a la situación de acoso laboral que ha resultado acreditada”, por lo que condena a los tres a responder conjunta y solidariamente de la indemnización fijada.

Según el relato de hechos probados, los problemas comenzaron cuando la policía aterrizó en la oficina de expedición de DNI y Pasaporte de la localidad canaria de Tuineje. Debido a su categoría profesional, ocupó el puesto de jefe de grupo operativo, lo que supuso relevar al compañero –de un nivel inferior– que venía desesempeñando hasta ese momento las funciones de responsable, respondiendo ambos ante el secretario general de la Comisaría Local de Puerto del Rosario.

Las primeras quejas surgieron en la segunda mitad de 2020, cuando el compañero trasladó al jefe de ambos que “tenía problemas” con ella porque “expedía poco y se dedicaba a pasearse por la UED (Unidad de Extranjería y Documentación) asumiendo la mayor carga de trabajo él” y otra policía que trabajaba en esa oficina. A raíz de esto, el secretario general de Puerto del Rosario pidió “un reparto más equitativo”. En respuesta, la policía invirtió las funciones de sus dos subornidados.

Desde ese momento, se sucedieron una serie de correos electrónicos y llamadas telefónicas entre la policía y su jefe en las que se piden explicaciones y dan cuentas de los objetivos marcados y de las incidencias en la UED.

“Como responsable de esa UED por la categoría que ostentas también se espera fomentar el buen ambiente de trabajo, compañerismo y la solución de los problemas diarios que vayan surgiendo (…) Emplear el sentido común para una plena satisfacción del ciudadano y de sus compañeros”, le trasladó el secretario general en uno de esos ’emails’.

DOS BAJAS EN LA OFICINA

En junio de 2021, el policía llamó al secretario general “llorando, diciéndole que no podía más y aduciendo al respecto motivos laborales”. Tras acudir a una psicóloga de la Policía Nacional, acabó cogiéndose la baja por un “trastorno de ansiedad generalizada”, señalando “una sensación de hostilidad hacia su persona por parte ‘del mando”. En concreto, denunció “sobre carga laboral por el reparto injusto de tareas”, que se sentía “fiscalizado/bloqueado en el desempeño de su trabajo” y que le hacía “el vacío”.

De cara a su reincorporación, en noviembre de ese año, manifestó verbalmente al secretario general su “sensación de ansiedad por tener que volver a trabajar codo con codo” con ella. Ese mismo día, el jefe la envió un ’email’ donde la anunció que a partir de ese momento “será la encargada de los trámites y expedición de documentos españoles”. Tras ello, el policía empezó a firmar como “jefe accidental” de la UED.

En este contexto, se produjo una conversación telefónica en la que ella se quejó de que había sido degradada, a lo que el secretario general contestó: “Usted es jefa de equipo en la categoría y en el puesto de trabajo, pero usted es expedidora”. La dio como única alternativa solicitar otro puesto de trabajo.

En consecuencia, ella se dirigió al superior de su jefe y le trasladó verbalmente, “sin involucrar nominalmente a ninguna persona concreta, que había visto circular ‘sobres’ por la UED de Tuineje, a lo que éste le respondió que sin pruebas al respecto no podía iniciar ninguna investigación”.

Posteriormente, estando ella de vacaciones de Navidad, el secretario general dio orden de que el otro compañero fuera instalado “permanentemente” en el único despacho privado que había en la UED y que hasta entonces ocupaba la policía, quedando ésta relegada a “la sala de expedición”.

Así las cosas, la agente también terminó cogiéndose una baja en febrero de 2022 por “trastorno mixto ansioso-depresivo”. El informe de prevención de riesgos laborales encargado por el propio secretario general tras las dos bajas reflejó que los conflictos entre el personal eran “frecuentes y se manifiestan de forma clara”.

CON PERSPECTIVA DE GÉNERO

Para el juez, “el núcleo por tanto del presente procedimiento se centra en dilucidar si la actora fue objeto de degradación en sus funciones” y, “sobre todo, si se actuó en contra de su dignidad” cuando se la sacó del despacho.

El magistrado no tiene ninguna duda de que fue así por cuanto “el Cuerpo Nacional de Policía está estrictamente jerarquizado” y ella era quien tenía mayor categoría profesional y, por tanto, quien asumió el cargo de jefa de equipo. Su compañero era “perfectamente consciente” de que ella era “su inmediata superior”, zanja.

Achaca a los dos policías el acoso porque el compañero “en origen es el que empieza a vertir (y continúa esparciendo aún después de la baja médica de ésta) las acusaciones en el ámbito laboral contra la actora (ninguna de las cuales ha quedado acreditada)”, mientras que el jefe lo avaló con sus decisiones.

Asimismo, el juez indica que “no se puede dejar de lado en el presente caso la perspectiva de género”, más “en un cuerpo aún a día de hoy mayoritariamente masculinizado como es la Policía Nacional (un 12% de mujeres en 2021 y un 16,78% en 2022 si se acude a las estadísticas oficiales)”.

“Nos encontramos cómo la persona acosada es mujer y las personas acosadoras son hombres”, recalca el juez, precisando que “la situación de acoso se inicia desde el inferior jerárquico a la actora, que no está conforme con la forma en que la misma desempeña la jefatura de la oficina”, pero “desde ese inicio la situación de acoso pasa al superior jerárquico de la actora, también hombre”.


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