OVIEDO, 5 (EUROPA PRESS)
Un procesado por intentar asesinar delante de su hijo a su expareja, a la que no podía aproximarse por sentencia judicial, reconoció este martes su culpabilidad y aceptó una condena de 11 años, 9 meses y un día de prisión, alejamiento y libertad vigilada, además del pago de una multa.
Según información de la Fiscalía Superior del Principado, “el hombre intentó acuchillarla y, después de que la víctima lograra escapar, embistió hasta en dos ocasiones con su coche la fachada del bar de Gijón donde se había refugiado la mujer con el menor”.
El procesado asumió los hechos que le atribuían la Fiscalía del Principado de Asturias y la acusación particular, que apreciaron en su comportamiento una atenuante de la responsabilidad criminal por drogadicción. La vista oral estaba señalada esta mañana en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo.
El procesado (1973) mantuvo una relación con la víctima, con la que tuvo un hijo, nacido en 2011. Esta relación estuvo caracterizada por el sometimiento de la víctima al procesado, quien se imponía sobre ella y la controlaba, dado su carácter celoso y posesivo.
A lo largo de los años se sucedieron diversos episodios violentos, hasta que la mujer tomó la decisión de romper definitivamente con él en el mes de septiembre de 2021 y presentó una denuncia por violencia de género, que finalizó con sentencia firme de conformidad dictada por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Oviedo en diciembre de ese mismo año, por la que se condenaba al ahora procesado como autor de un delito de amenazas a, entre otros pronunciamientos, la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros a su expareja y de comunicarse con ella durante 2 años. Esta resolución le fue notificada personalmente ese mismo día y fue requerido para su cumplimiento de modo simultáneo. Practicada la correspondiente liquidación de condena, ésta comprendía el período incluido entre los días 23 de diciembre de 2021 y el 27 de septiembre de 2023.
En estas circunstancias, el procesado, que no aceptó la ruptura, y unido a que se le había otorgado a ella la guarda y custodia del hijo en común sin establecer régimen de visitas y comunicación, decidió acabar con la vida de la mujer, a la que había dicho: “Como sigas así y me separen del niño, te quito de en medio y te mato”.
Así, conociendo que la víctima iba a ir a Gijón para que el niño visitara a su abuelo paterno, conociendo las prohibiciones que pesaban sobre él y con voluntad de incumplirlas, sobre las 17.30 horas del día 26 de diciembre de 2021, el procesado se trasladó a esa localidad y, de forma repentina, abrió la puerta del automóvil en el que se encontraban madre e hijo. Se ofreció entonces para llevar al menor con su abuelo, a la vez que lo sacó del coche y se lo llevó, sin que la víctima tuviera tiempo de reacción.
La mujer, preocupada por la situación, llamó por teléfono al menor y éste le dijo que fuera a recogerle a un parking de la ciudad. Cuando la víctima llegó al aparcamiento, en la calle Martín de Gijón, el procesado, nuevamente por sorpresa, con el ánimo de matarla y provisto de un cuchillo de 24,5 centímetros de hoja y 37 centímetros de longitud total, y de un segundo cuchillo de 27 centímetros de hoja y 39 centímetros de longitud total, abrió la puerta del vehículo y se abalanzó sobre la mujer para clavárselos.
Se inició entonces un forcejeo, en el que el procesado propinó a la víctima varios golpes y patadas, hasta que la sacó del turismo por el pelo, momento en que intentó asestarle una cuchillada. No lo logró, ya que la mujer reaccionó instintivamente y consiguió repeler el ataque sujetando el arma con la mano derecha. Así, consiguió zafarse y salir huyendo en compañía de su hijo, y se refugió en un bar cercano.
El procesado, decidido a continuar con su ataque, condujo el coche en dirección al local y tras comprobar -todavía con uno de los cuchillos en la mano- que no podía entrar y que había más personas auxiliando a su exmujer, arrancó el turismo, dio marcha atrás para coger velocidad y embistió intencionadamente, hasta en dos ocasiones, la fachada del establecimiento.
La víctima sufrió lesiones de las que tardó en curar 262 días. Le quedaron varias secuelas. La mujer renunció a las acciones civiles que le pudieran corresponder por los daños ocasionados en el vehículo.
El procesado se encuentra en situación de prisión provisional por esta causa y sobre él pesa además la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 500 metros, a su domicilio y cualquier lugar donde se encuentre, así como la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio hasta la finalización del procedimiento mediante una sentencia firme.
Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito de asesinato en grado de tentativa, un delito de quebrantamiento de condena y un delito de daños, con agravantes de razones de género y de parentesco y la atenuante simple de drogadicción.
Tras reconocer los hechos, el procesado aceptó por el primer delito la pena de 11 años de prisión, inhabilitación absoluta para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y prohibición de aproximarse a la víctima y a su hijo a menos de 500 metros durante un periodo superior en 8 años al de la pena de prisión que se le imponga en sentencia, también a sus domicilio, lugares de trabajo o cualquier lugar donde se encuentren. Además, prohibición de comunicarse con ellos por cualquier medio durante el mismo periodo de tiempo, privación de la patria potestad sobre su hijo menor y la medida de libertad vigilada durante 8 años.
Por el segundo delito, a la pena de 9 meses y 1 día de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; y por el tercer delito la pena de 12 meses de multa con cuota diaria de 10 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, así como el abono de las costas procesales.
En concepto de responsabilidad civil, el procesado indemnizará a la víctima con 20.000 euros por las lesiones y secuelas sufridas, y con 30.000 euros más por los daños morales; al Servicio de Salud del Principado (Sespa), con la cantidad que se acredite en ejecución de sentencia por los gastos de asistencia sanitaria prestada; y al Ayuntamiento de Gijón, por los gastos de retirada del vehículo, que ascienden a 219 euros. Se hará cargo además de la cantidad en que se fijen los daños causados en el local.
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