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La CNMV aprueba que BME compense futuros vinculados a criptomonedas para inversionistas profesionales

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MADRID, 07 (SERVIMEDIA)

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha autorizado a BME Clearing a ampliar sus servicios de compensación e incluir en su oferta a los futuros sobre índices ligados a la evolución de criptodivisas, en concreto del bitcoin y del ethereum.

No obstante, la autorización se refiere únicamente a productos dirigidos a inversores institucionales, los cuales cuentan con mecanismos de gestión de riesgos adecuados y proporcionales a los riesgos de estos productos.

En este sentido, la CNMV insistió en que los criptoactivos son productos “no recomendados” para minoristas debido a la alta volatilidad e incertidumbre asociada a los mismos, entre otros riesgos, de acuerdo con los detalles transmitidos en distintos comunicados y manifestaciones públicas.

En un comunicado, el regulador explicó que la autorización ha sido finalmente concedida después de aplicar un “exhaustivo” análisis con particular foco en la evaluación de riesgos. Dicho análisis, así como sus conclusiones, ha sido compartido y consensuado con las autoridades europeas que conforman el Colegio de supervisores de BME Clearing, con el CCP Supervisory Committee de ESMA, y aprobado asimismo en el Consejo de Supervisores de ESMA.

Esta iniciativa de BME Clearing supone introducir una alternativa para la compensación de derivados sobre productos ligados a la evolución de criptodivisas dentro del marco regulado y supervisado, lo que puede suponer para inversores profesionales un acceso “más seguro y estandarizado” a este tipo de productos, conforme a las prácticas habituales de participación en mercados de derivados.

Los productos que la Entidad de Contrapartida Central (ECC) incluirá dentro de sus servicios de compensación consisten en futuros sobre índices de criptodivisas individuales sobre Bitcoin y Ethereum, liquidados en dólares estadounidenses.

Dichos índices se calculan en base a los precios de las plataformas más líquidas en los que se negocian estos subyacentes, y que adicionalmente cumplan determinadas condiciones de elegibilidad.

El nocional de estos contratos será elevado (una unidad de Bitcoin y diez de Ethereum por cada contrato, sin posibilidad de fracción), y esta característica, unida a los distintos criterios de solvencia, especialización y proporcionalidad que los intermediarios exigirán a sus clientes, garantizará el acceso puramente institucional y profesional a estos servicios. En ningún momento la entidad española poseerá ni custodiará las criptodivisas.

En el ámbito de la Unión Europea y en algunos otros mercados a nivel internacional, existen otras ECC que ya ofrecen servicios de compensación para este tipo de productos. No obstante, BME Clearing será la primera ECC europea autorizada a la compensación siguiendo los exhaustivos procesos de verificación que requiere la regulación europea (EMIR) para este tipo de productos, con las opiniones favorables de otros supervisores y organismos europeos, según explicaron desde la CNMV.

Desde Six, empresa propietaria de BME Clearing, el responsable de Clearing y Repo OPS, José Manuel Ortiz-Repiso, celebró la aprobación regulatoria de este nuevo segmento e indicó que este hito refleja la dedicación de su grupo “a dotar de soluciones innovadoras a instituciones, clientes e inversores, contribuir al crecimiento continuo del ecosistema de activos digitales y garantizar una experiencia de negociación segura y eficiente a todos nuestros valiosos clientes”.


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