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Facua denuncia al Festival Gigante de Alcalá de Henares, en Madrid, por no permitir el ingreso de alimentos y bebidas

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La asociación insta a la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad a iniciar expediente sancionador contra los organizadores

MADRID, 30 (EUROPA PRESS)

Facua-Consumidores en Acción ha denunciado ante la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid a Sideral Music SL, promotora del Festival Gigante que se celebra desde el jueves 31 de agosto al 2 de septiembre en Alcalá de Henares, por impedir el acceso al recinto con comida y bebida del exterior.

En la denuncia, la organización de consumidores advierte que la actividad principal de la promotora no es la hostelería, sino un evento musical, por lo que la prohibición de acceder con comidas y bebidas constituye una cláusula abusiva conforme al artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

La asociación ha advertido que se trata de una empresa que “reincide” en los últimos años en estas presuntas irregularidades, y que ya en otras ocasiones ha sido denunciada por estas prácticas que atentan contra los derechos de los consumidores.

“La falta de acciones contundentes por parte de las administraciones con competencia en materia de Consumo no disuade de que estas imposiciones y abusos contra los intereses de los consumidores sigan marcando la celebración de los festivales”, han señalado en un comunicado.

EXHIBE LA CLÁUSULA ABUSIVA EN LA WEB

Como ha constatado Facua, la organización exhibe esta imposición en la web del evento. “La Promotora se reserva el derecho de admisión. Se denegará el acceso o permanencia en el recinto musical o parking a los Usuarios que (…) entren con comida y bebida en el recinto musical”, cita la página.

La asociación ha recordado que, conforme al artículo 50 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, y a sus apartados 5 y 8, “constituyen infracciones en materia de normalización técnica, comercial y de prestación de servicios, así como en materia de condiciones o técnicas de venta y suministro de bienes o servicios”.

“La inclusión de cláusulas abusivas en las condiciones generales de los contratos y las ofertas publicitarias, así como la realización de prácticas no consentidas expresamente por los consumidores que, según la legislación aplicable, resulten abusivas y lesionen sus derechos”, añade.

LO QUE DICE LA LEY

El artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, recoge que “se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato”.

La antigua Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan), ahora Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan), publicó en 2016 un informe relacionado con este mismo asunto, en aquella ocasión con la prohibición en cines, en el que concluía que existía una “cláusula abusiva” ya que el consumidor “se ve privado de la prestación principal, de forma injustificada, habiendo abonado la entrada, en base a una limitación impuesta unilateralmente respecto a un servicio accesorio que no ha solicitado, y teniendo en cuenta que la actividad básica de la empresa no es la venta y distribución de comida y bebida”.

Facua llama a los afectados por esta cláusula abusiva a reclamar ante la promotora del Festival Gigante de Alcalá de Henares y recuerda que pueden acudir a la asociación para defender los derechos que les asisten como consumidores. E insta a las autoridades de consumo autonómicas a abrir expedientes sancionadores por las infracciones que puedan cometer, en línea con lo denunciado, para salvaguardar los derechos de los usuarios.


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