ZARAGOZA, 27 (EUROPA PRESS)
La Dirección General de Gestión Forestal del Gobierno de Aragón ha establecido para este domingo, 27 de agosto, el nivel de Alerta Rojo de Peligro de Incendios Forestales en el Bajo Ebro Forestal y la Muela de Alcubierre. El nivel de alerta rojo afecta a 45 municipios.
El listado de los mismos se puede consultar en el NAPIF ‘https://www.aragon.es/-/nivel-de-alerta-de-peligro-de-incendios-forestales’.
La atmósfera se presenta inestable y húmeda en la mayor parte de la Comunidad Autónoma, con viento moderado del noroeste, intervalos de intensidad fuerte y rachas muy fuertes en la depresión del Ebro, el sur de Huesca, el Bajo Aragón, cotas altas del Pirineo y puntos del Sistema Ibérico.
Existe la posibilidad de chubascos y tormentas localmente fuertes por la mañana en los Pirineos, continuando en forma menos intensa pero localmente persistente en la divisoria el resto de la jornada.
El Gobierno de Aragón recuerda que en estos municipios se aplicarán varias prohibiciones, como encender fuego en espacios abiertos o en zonas recreativas, áreas de descanso de la red de carreteras y zonas de acampada, incluidas las zonas habilitadas para ello, así como la introducción y uso de material pirotécnico en entornos forestales.
También se prohíbe arrojar o abandonar objetos en combustión y se suspenden las autorizaciones de pruebas deportivas y actos públicos que se desarrollen en un entorno forestal, siempre y cuando la resolución que las autorice no haya previsto de forma expresa las condiciones concretas para su celebración en dicho nivel de alerta.
En los montes y en las áreas situadas a 400 metros de estos se prohíbe el uso de equipos y maquinaria que pueda producir deflagración, chispas o descargas eléctricas, con excepción, exclusivamente en este nivel de alerta, de algunos casos.
Las excepciones son el uso de ahumadores en la apicultura, fuera de la franja horaria comprendida entre las 12.00 y las 18.00 horas, las labores de cosecha y empacado de cereal, la utilización de maquinaria agrícola para la siega o recogida de cultivos forrajeros en verde, así como el resto de labores agrícolas habituales de mantenimiento de cultivos distintas a la contemplada en el apartado anterior y las actuaciones de reparación urgente para el restablecimiento de servicios básicos.
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