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El Empleo presenta las ayudas de sobrecoste energético a empresarios y autónomos en Rota

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ROTA (CÁDIZ), 20 (EUROPA PRESS)

El delegado territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Cádiz, Daniel Sánchez Román, ha presentado en Rota ante el tejido empresarial de la localidad las subvenciones aprobadas para compensar el sobrecoste energético de gas natural y/o electricidad soportado por pymes y autónomos durante el año 2022, como consecuencia de la subida de los precios derivada de la guerra contra Ucrania. En la presentación ha estado acompañado de la parlamentaria andaluza Auxiliadora Izquierdo.

Publicada en un BOJA extraordinario el martes 11 de julio, la convocatoria ya está abierta y el plazo acaba el próximo 30 de septiembre, si bien las ayudas se concederán por concurrencia no competitiva, es decir, por orden de entrada, ha recordado la Junta en una nota.

Por su parte, el delegado ha explicado que se trata de una medida “urgente y extraordinaria, dotada con 525 millones de euros procedentes de Fondos Europeos, e incluida en el Pacto Social y Económico firmado con los principales agentes económicos y sociales de Andalucía”.

Daniel Sánchez ha expuesto que esta línea “va a ayudar económicamente a pequeñas y medianas empresas y personas trabajadoras por cuenta propia que se han visto especialmente afectadas por el incremento excepcional del precio de la energía y la crisis internacional de materias primas y suministros, desde el 1 de febrero al 31 de diciembre de 2022”.

Tras el encuentro se han visitado algunas empresas del municipio que se han visto especialmente afectadas por el sobrecoste energético como son las pizzerías, muy presentes en Rota, y han animado a los empresarios a participar en la convocatoria. “Se trata de una ayuda muy directa, muy sencilla de presentar, en tan solo tres minutos y sin necesidad de aportar documentación. Gracias a su diseño basado en la utilización de automatismos e intercambios de información llegará a las cuentas bancarias de los beneficiarios antes de que termine el año”, ha explicado Daniel Sánchez.

Entre las actividades contempladas dentro de los grupos de actividad especialmente afectados se encuentran los talleres mecánicos, hoteles, alojamientos turísticos, negocios de restauración, fábricas de productos lácteos, textiles, bebidas, calzado y muebles.

Se incluyen también las empresas de construcción, comercios de multitud de productos, empresas de transporte de mercancías, industrias manufactureras, actividades de radiodifusión, programación y emisión de televisión, consultorías, servicios relacionados con el procesamiento de datos, publicidad, organización de eventos y actividades deportivas y de entretenimiento, entre otras.

FÁCIL TRAMITACIÓN

La Junta ha recordado que la norma establece las condiciones para acceder a estas ayudas que serán abonadas antes de que finalice el presente año, y que oscilan entre los 300 euros y los 2.000.000 euros.

Los potenciales beneficiarios serán las pymes y autónomos cuyo importe de la facturación anual en electricidad con respecto a su cifra de negocios, para el ejercicio 2022, haya sido igual o superior a un porcentaje que se ha fijado en función de los diferentes sectores de actividad. La tabla con los porcentajes para cada grupo de actividad o CNAE quedan detallados en el Anexo I del Decreto ley, publicado en el BOJA extraordinario.

Una vez verificada la condición de ‘especialmente afectada’ de la pyme o persona trabajadora autónoma solicitante de la ayuda, el cálculo de la misma se basará en el consumo de gas natural o electricidad adquirido a proveedores externos y abonado por el solicitante, para lo cual éste deberá ser necesariamente titular de los contratos en el período objeto de la subvención.

La Junta de Andalucía tiene establecido con las comercializadoras energéticas un acuerdo de colaboración por el que éstas suministran a la administración los ficheros de datos de facturación de sus clientes, cumpliendo las normativas pertinentes de protección de datos. Esto permite la automatización de la misma, por lo que los solicitantes no tienen que adjuntar ninguna documentación para el cálculo de la ayuda.

Tampoco será necesario que los beneficiarios justifiquen posteriormente la subvención, puesto que la ayuda se concede para financiar costes efectivos ya soportados y, por tanto, se habrá comprobado de oficio que esos importes han sido ya afrontados.

La comprobación del cumplimiento de los requisitos se realizará de oficio por el órgano gestor, utilizando medios de actuación administrativa automatizada. Por tanto, no es preciso aportar documentación alguna junto con la solicitud. Sólo en el caso de que la solicitud no la realice el beneficiario, sino un apoderado que no disponga de un certificado de representante, se requerirá únicamente la acreditación del apoderamiento.

En el caso de que la persona trabajadora autónoma tenga su lugar de trabajo en su vivienda habitual, sólo podrá ser beneficiaria de la ayuda cuando estén debidamente diferenciadas con contadores independientes del de la vivienda, ya que no serán subvencionables los consumos energéticos domésticos. La comprobación del cumplimiento de los requisitos se realizará de oficio por el órgano gestor, utilizando medios de actuación administrativa automatizada.

Por tanto, ha señalado la Junta, no es preciso aportar documentación alguna junto con la solicitud, sólo en el caso de que la solicitud no la realice el beneficiario, sino un apoderado que no disponga de un certificado de representante, se requerirá únicamente la acreditación del apoderamiento.


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