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Los padres de un menor absuelto de agresión sexual reclamarán por los nueve meses que estuvo internado en un tribunal

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GRANADA, 16 (EUROPA PRESS)

Los padres de un menor que acaba de ser absuelto en firme de los delitos de agresión sexual y amenazas por los que fue denunciado por una joven con la que mantuvo relaciones sexuales tras conocerla en Instagram han censurado las decisiones “injustas y arbitrarias” que han llevado a que su hijo haya permanecido privado de libertad casi nueves meses y promoverán una reclamación por daños morales; entre ellos, las secuelas psicológicas que según afirman sufre el menor tras lo ocurrido.

El Juzgado de Menores número 2 de Granada le absolvió a mediados de mayo al no quedar demostrado que las relaciones que mantuvieron ambos menores, que en el momento de los hechos tenían 14 y 16 años, se hubiesen llevado a cabo sin el consentimiento de la chica y tampoco que el joven la amenazara, extremo este último que ella “negó reiteradamente” en el juicio cuando fue preguntada al respecto, según consta en la sentencia, a la que a tenido acceso Europa Press.

Los jóvenes se conocieran a través de Instagram y comenzaron a intercambiarse “numerosos mensajes y audios” hasta que decidieron quedar para conocerse personalmente en el domicilio familiar de ella, situado en un pueblo del área metropolitana. Aprovechando que la madre de la joven no estaría por motivos laborales ambos quedaron una tarde tras mandarle la chica su ubicación por Whatsapp, según consta como hechos probados en la sentencia.

La madre de la joven adelantó la vuelta a casa por lo que decidieron marcharse a un parque cercano, donde estuvieron charlando y besándose, hasta que se dirigieron a un callejón más solitario y oscuro, donde mantuvieron relaciones sexuales completas “pese al nerviosismo e inseguridad propios de la inexperiencia, edad y circunstancias en que se desarrollaron”, precisa el magistrado en la sentencia.

Tras volver a casa, la menor, “desbordada por lo sucedido”, borró todas las conversaciones mantenidas a través de Whatsapp con el chico, bloqueándolo, si bien con posterioridad reanudaron sus contactos a través de mensajes y audios hasta que definitivamente cortaron toda comunicación. La menor contó a su madre lo sucedido un tiempo después, siendo su padre –están separados– el que la acompañó a la Guardia Civil a formalizar la denuncia, seis meses después de los hechos, a raíz de que su pareja sentimental le trasladara las confidencias que la joven le había hecho.

La Fiscalía solicitó que fuera condenado a la pena de cuatro años de internamiento en un centro de reforma en régimen cerrado y a otros tres años de libertad vigilada, así como a indemnizar en 8.000 euros a la menor por daños morales. No obstante, el magistrado mantiene que los hechos declarados probados no permiten imputar al menor la comisión de los delitos de los que ha sido acusado, pues, según recalca, un fallo condenatorio exige “la certeza, al margen de sospechas más o menos fundadas”, sobre la perpetración de los “graves hechos” que se le imputan.

La defensa del joven, ejercida por el letrado Emilio Arenas Villodres, ha censurado el “ánimo incriminatorio desproporcionado y desmedido” con el que a su juicio ha actuado el Ministerio Fiscal, “dilatando en exceso la instrucción de la causa y prorrogando la medida cautelar del menor, sin base alguna, cuando no existía riesgo de fuga, ni riesgo de reiteración delictiva y el menor había colaborado en todo momento con la justicia, manteniendo siempre su inocencia”.

Por todo ello, los padres del chico promoverán una reclamación patrimonial por el tiempo que ha sido privado de libertad, casi nueve meses, reclamando daños morales; entre ellos, las secuelas psicológicas que presenta su hijo, por lo que consideran “una decisión injusta y arbitraria en la que, a su modo de ver, “en vez de buscar el interés del menor, se ha pretendido por parte de la Fiscalía castigar con severidad y dureza a un menor que no ha hecho nada reprochable penalmente”.


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