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Cataluña podrá imponer sanciones por la sequía a partir del 7 de agosto después de convocar ayudas

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Las subvenciones son para solventar fugas y hacer actuaciones en las redes de suministro

BARCELONA, 6 (EUROPA PRESS)

Cataluña podrá empezar a tramitar sanciones a partir del 7 de agosto a los ayuntamientos que no manifiesten su voluntad de solucionar el incumplimiento de las restricciones del agua por la sequía, después de que el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (Dogc) haya publicado este jueves la convocatoria de ayudas a los municipios para solventar fugas de agua, han informado a Europa Press fuentes de la Agència Catalana de l’Aigua (ACA).

Según ha avanzado ‘El Periódico’, esta moratoria de las sanciones viene de un acuerdo alcanzado en mayo entre ERC, el PSC y Junts en el Parlament, que acordaron que las sanciones no se aplicaran hasta un mes después de la publicación de la convocatoria de estas subvenciones.

Fuentes de la ACA han explicado a Europa Press que el plazo para presentar las solicitudes para estas subvenciones comienza al día siguiente de la publicación de la resolución en Dogc y finaliza el 29 de septiembre a las 15 horas, por lo que el plazo de un mes para poder empezar a sancionar “comenzaría a partir de este viernes”.

Las mismas fuentes han insistido en que “no será una cosa automática”, ya que a partir de un mes se comenzarán a hacer los trámites administrativos en el caso de que se tengan que iniciar expedientes.

“Hay un trámite administrativo, después la parte a la que se le ha abierto un expediente tiene un plazo para presentar las alegaciones, y hasta que no haya una resolución definitiva y firme puede pasar tiempo”, han remarcado.

SUBVENCIONES

Estas ayudas están dirigidas a los entes locales para solventar fugas y hacer actuaciones para “la mejora y renovación” de las redes de suministro de agua en baja, y la digitalización de los sistemas de gestión del agua urbana de los municipios catalanes, en el marco de la sequía.

La dotación máxima de las subvenciones previstas en esta convocatoria es de 50 millones de euros, distribuida en las siguientes anualidades: un importe máximo de 5 millones con cargo a los presupuestos de la ACA del 2023; un importe máximo de 27,5 millones con cargo al presupuesto para 2024; y un importe máximo de 17,5 millones con cargo al presupuesto para 2025.

Además, en la convocatoria se señala que “la concesión de las subvenciones previstas en esta convocatoria está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente” en el momento de la resolución de concesión.

Para la solicitud y demás trámites asociados a este procedimiento, se han habilitado formularios específicos a disposición de los entes en la plataforma Eacat, y el envío de los formularios también debe realizarse telemáticamente por la ventanilla de registro dentro del mismo servicio.


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