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El antiguo interventor, que fue cesado en mayo de 2021, ha sido readmitido en su puesto por el Ayuntamiento

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MÓSTOLES, 5 (EUROPA PRESS)

El Ayuntamiento de Móstoles ha readmitido en su puesto al antiguo interventor, según han confirmado fuentes municipales a Europa Press, que fue cesado en mayo de 2021 por el anterior Gobierno municipal (PSOE y Podemos) que alegó “pérdida de confianza”.

La reincorporación a su antiguo puesto llega después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) desestimara el mes pasado el último recurso de apelación interpuesto por el anterior Ejecutivo para evitar su readmisión, y una vez conformado el nuevo Gobierno de coalición (PP y Vox).

Fue en 2021 cuando se dio a conocer el cese del que por entonces ejercía de interventor, y que desde hace dos días ha vuelto a su antiguo puesto, debido a la “pérdida de confianza” en este alto cargo, según explicaron fuentes municipales.

Una decisión que fue entendida por la oposición como una “represalia”, ya que no encontraba motivación clara para su cese, mientras que desde el Gobierno local, formado por PSOE y Podemos, lo defendían.

De hecho, desde la oposición señalaron entonces que este cese se produjo poco después de que el interventor denunciara presuntas “irregularidades” en el llamado caso ITV ante el Tribunal de Cuentas, asunto por el que están investigados la exalcaldesa Noelia Posse (PSOE) y varios ediles.

Sin embargo, desde el Ejecutivo local insistieron en que el cargo de interventor “es de libre designación, no está sometido a un proceso selectivo”, y que dicha decisión respondía a “un proceso de renovación” para romper “con cualquier rastro de corrupción” en el Consistorio.

“Ha sido reasignado a un puesto acorde con su nivel como funcionario”, destacaron tras el cese, precisando que había sido “nombrado a dedo por un alcalde y ha sido cesado por acuerdo de la Junta de Gobierno siguiendo el procedimiento administrativo legal correspondiente”.

A mediados de mayo del año pasado se dio a conocer que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 9 de Madrid estimaba el recurso interpuesto “por no ser conforme a derecho”, por lo que declaraba “su anulabilidad por caducidad del procedimiento”.


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