El Pleno del Consell ha aprobado el decreto donde se establece el procedimiento para la acreditación de los programas de prevención de drogodependencias y otros trastornos adictivos que quieran ponerse en marcha en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
Lo dispuesto en este decreto será de aplicación a personas o entidades que quieran desarrollar un programa en materia de prevención en drogodependencias y otros trastornos que causan adicción.
Los objetivos con los que se aprueba esta norma son, por un lado, establecer las características técnicas que deben reunir los programas de prevención, acorde a los estándares y recomendaciones actualmente vigentes, a nivel europeo e internacional, en materia de prevención de los trastornos adictivos.
De ese modo, la acreditación para dichos programas será voluntaria, previa solicitud de personas y entidades, y obligatoria para aquellos programas que prevean disponer de cualquier tipo de financiación que proceda de una administración pública.
Asimismo, esta acreditación persigue garantizar la idoneidad de las intervenciones que se efectúen al amparo de un programa de prevención con la finalidad de asegurar que las actuaciones puestas en marcha se ajusten a criterios de calidad y evidencia científica.
Hasta ahora los estándares vigentes en esta materia recomiendan que los programas de prevención cuenten con unos requisitos técnicos mínimos siendo la Administración la responsable de velar por la evaluación y calidad de estos, tal y como se regula en la Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de la Generalitat, de Salud de la Comunitat Valenciana.
Evaluación de los programas de prevención El propio decreto dispone de un anexo con una escala de baremación que regirá la evaluación de los programas de prevención para su acreditación.
A través de dicha baremación se establece el cumplimento de unas exigencias metodológicas en la fundamentación, contenido y evaluación del propio programa. Dicha acreditación se otorgará por tiempo señalado que se determinará expresamente en la resolución y, en todo caso, por un plazo máximo de cuatro años.
De esta forma, los programas a acreditar deberán contar con una fundamentación teórica y metodológica contrastada, una definición, encuadre y justificación de las problemáticas sobre las que se pretende incidir a través de las acciones contenidas.
También deberán incluir, una evaluación de necesidades que facilite, a modo de diagnóstico, las necesidades que se va a cubrir con la intervención preventiva o las actuaciones a realizar la población destinataria, los objetivos y demás elementos propios de la programación.
En último lugar resaltar la importancia de incluir una evaluación de procesos y resultados que responda de la puesta en marcha del programa y de la efectividad y eficacia obtenida.
Regulación del Comité de expertos Por otro lado, el decreto presentado también regula el funcionamiento de un Comité de expertos en prevención de las drogodependencias y otras adicciones como órgano asesor adscrito a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública que sirva como base para impulsar y fomentar la realización de programas de prevención de las drogodependencias y otros trastornos adictivos por parte de la iniciativa social.
Dicho Comité contará con la participación de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y profesionales con experiencia en materia de prevención.
Asimismo, como novedad se recoge la posibilidad de que el Comité cuente con la colaboración puntual de especialistas en aquellas materias específicas que se consideren, facilitando, de ese modo, la correcta evaluación de los programas a acreditar.
La acreditación de programas por el Comité Técnico posibilita a la Administración disponer de un paquete básico a incluir en su planificación anual de actuación en los diferentes ámbitos preventivos (ámbito escolar, familiar y comunitario).
También facilita cubrir las necesidades de determinados colectivos que requieren de intervenciones más específicas por su situación de partida de vulnerabilidad social (colectivo de etnia gitana, mujeres?.) o por el patrón de consumo de sustancias que desarrollan (población adolescente-juvenil con consumo y/o abuso de alguna drogas).
En el ámbito escolar programas como ‘Órdago’, del que se han beneficiado 17.330 jóvenes entre 2014 y 2017; ‘Prevenir para Vivir’, en el que han participado 32.402 alumnos en el mismo periodo; ‘Brújula’, con 56.496 asistentes o ‘Programa 12-16’ con 40.092 participantes, permiten una actuación transversal en las aulas asegurando la actuación con escolares desde la etapa de primaria hasta la finalización de la educación obligatoria.
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