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CECU demanda una “vigilancia” para las empresas que están obligadas a restringir sus llamadas comerciales a partir de esta semana

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MADRID, 26 (SERVIMEDIA)

La Federación de Consumidores y Usuarios CECU exigió este lunes a la administración que “vigile” la actuación de las empresas que verán limitadas sus llamadas comerciales desde esta semana en el marco de la nueva Ley General de Telecomunicaciones.

Así lo reclamó en un comunicado en el que explicó que, desde esta semana, las compañías verán “limitadas” sus “posibilidades” de realizar llamadas comerciales, “gracias” a la nueva norma, que entró en vigor el año pasado y había establecido este próximo 29 de junio como fecha de entrada en vigor del artículo que regula esta parte.

CECU resaltó las “mejoras” que, a su juicio, “permitirá” la ley, a la vez que alertó de las “excepciones” que establece la regulación y sus “implicaciones” para los derechos de los consumidores, convencida de que la entrada en vigor del artículo va a suponer una “mejora” respecto al régimen vigente, ya que en la actualidad se pueden realizar las llamadas comerciales “libremente” y que “únicamente, una vez recibida, la persona puede oponerse a que continúen”.

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“Esto es, hasta este momento pueden llamar libremente y solo si la persona consumidora solicita expresamente que no lo hagan, deben detenerse, mientras que, a partir del jueves, no podrán desde un inicio realizarse llamadas”, sentenció.

A este respecto, puntualizó que la ley establece dos excepciones a esa prohibición de emisión de llamadas comerciales, como son que exista consentimiento del propio usuario y que la comunicación pueda “ampararse” en otra base de legitimación de las previstas en el artículo 6.1 del Reglamento General de Protección de Datos.

EXCEPCIONES

En concreto, CECU mostró su “oposición” a la segunda excepción, ya que, advirtió, permite que se realicen las llamadas comerciales “cuando el tratamiento es necesario para la satisfacción de intereses legítimos perseguidos por el responsable del tratamiento o por un tercero”. “Esta formulación abierta, puede hacer que las empresas se acojan a esa excepción y estemos en la misma situación que antes, de tal forma que no desaparezcan las llamadas comerciales no deseadas, que en definitiva es lo que pretende la ley”, abundó.

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En este sentido, precisó que, desde el momento de la tramitación y debate parlamentario previo a la publicación de la Ley General de Telecomunicaciones, la federación sostuvo que “solo se debía mantener la primera excepción”.

En este punto, subrayó que la Agencia Española de Protección de Datos ha redactado un informe jurídico y tiene previsto elaborar una circular en la que “fijar los criterios interpretativos” a seguir para la aplicación de la normativa sobre protección de datos de carácter personal, lo cual, a su entender, “deja en evidencia que la formulación de la excepción no es clara”.

A su juicio, deben “prevalecer” los “intereses legítimos” de los consumidores que “ya han manifestado en muchas ocasiones su negativa a recibir constantes llamadas comerciales”. “Por lo tanto, solo se tendrían que hacer las llamadas cuando previamente se consienta y solicite por el receptor de las mismas”, apostilló.

Por último, ante el “riesgo” de que las compañías “utilicen” la “excepción” para “continuar llamadas comerciales no solicitadas”, la federación recomendó a los consumidores inscribirse en los sistemas de exclusión publicitaria (Lista Robinson) que siempre deberán consultar las empresas con carácter previo a sus llamadas y demandó a las autoridades competentes que “vigilen” la actuación de las empresas y que, “de ser necesario, ejerzan su potestad sancionadora”.

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