Una Resolución de Alcaldía traslada los cometidos que la Ley Orgánica del Régimen Electoral establece para los ayuntamientos
PAMPLONA, 27 (EUROPA PRESS)
El Ayuntamiento de Pamplona pone a disposición de los partidos políticos y coaliciones cuatro locales municipales para su uso durante la próxima campaña electoral para las elecciones generales del 23 de julio, que se desarrollará del 7 al 21 de julio.
Mediante Resolución del Alcaldía, el Ayuntamiento regula la cesión gratuita de esos espacios, así como aspectos vinculados a la campaña electoral como la publicidad en banderolas o marquesinas, el uso de megafonía o la organización de actos en vía pública, entre otros aspectos.
La Ley Orgánica del Régimen Electoral General establece en varios artículos los cometidos de los ayuntamientos en relación con la propaganda y los actos que se organizan durante la campaña electoral.
En ese periodo de campaña, el Ayuntamiento de Pamplona cede para ese uso electoral el salón de actos del CPEIP Elorri de lunes a viernes por la mañana, de 9 a 14 horas; la sala de Calderería todos los días, de 9 a 14 horas y de 16 a 21 horas, y la sala Descalzos, del 14 al 21 de julio, de 9 a 14 y de 16 a 21 horas.
A esos locales, se suma Civivox Condestable, a disposición de la Junta Electoral de Zona de Pamplona, del 9 al 15 de julio, de 9 a 14 horas, y del 17 al 21 de julio, de 9 a 14 horas y de 17 a 22 horas.
Se pide a la Junta Electoral que “a la mayor brevedad” comunique al Ayuntamiento el resultado del reparto de los locales y que requiera a aquellos partidos políticos y coaliciones que vayan a hacer uso de los mismos que lo avisen con al menos 72 horas de antelación.
Vista la “peculiaridad” de esta campaña electoral, la resolución incide en que deberá tenerse en cuenta el calendario laboral de días festivos aprobado para 2023 por el Ayuntamiento de Pamplona. Por ello, las autorizaciones o permisos específicos que se soliciten para la celebración de actos que se lleven a cabo entre el 6 y el 16 de julio deberán solicitarse ante del 3 de julio.
PROPAGANDA ELECTORAL Y UTILIZACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA
El Ayuntamiento de Pamplona regula también el uso de las farolas para la colocación de banderolas-soportes, así como las condiciones técnicas y de seguridad para su instalación. La adquisición e instalación de estos soportes es por cuenta de los partidos políticos o coaliciones. Asimismo, se ponen a disposición de la Junta Electoral las dos caras de los soportes laterales de las marquesinas del transporte urbano comarcal.
La celebración de actos de campaña electoral en espacios públicos se rige por lo dispuesto en la Ley Reguladora del Derecho de Reunión, siendo conveniente que las decisiones que se adopten al respecto por las Juntas Electorales competentes se comuniquen al Ayuntamiento para adoptar las disposiciones procedentes en materia de su competencia.
Se aconseja que el horario de utilización de la vía pública por fiestas, mítines o actos electorales similares no sobrepase las 12 de la noche los días laborables y la 1 de la madrugada los festivos y sus vísperas, “para evitar molestias al vecindario”.
El Ayuntamiento autoriza a los partidos y coaliciones que concurran a las elecciones a utilizar megafonía en automóviles, en el horario comprendido entre las 11 y las 21 horas durante los días de campaña electoral. Previamente se comprobará de que la emisión no supere los 90 dBA a 5 metros de distancia.
La resolución determina también que quienes soliciten los actos y la utilización de instalaciones responderán de la limpieza y vendrán obligados a la reposición de los espacios y elementos concedidos al estado en que se encontraban, pudiendo el Ayuntamiento repercutir los gastos que se le produzcan en ejecución sustitutoria.
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