La Sala resolvió la nulidad de parte de las pruebas contra Penalva, Subirán y los policías, pero mantuvo la celebración del juicio
PALMA, 21 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) retoma este jueves el juicio contra los investigadores del caso Cursach, entre ellos el juez Manuel Penalva y el fiscal Miguel Ángel Subirán, que declararán en calidad de procesados y para quienes Fiscalía solicita 118 y 121 años de prisión, respectivamente.
También se sientan en el banquillo miembros del Cuerpo Nacional de Policía del Grupo de Blanqueo de Capitales, en concreto el inspector jefe José Luis García Reguera, el subinspector Miguel Ángel Blanco, la subinspectora Blanca Ruiz y el policía Iván Bandera.
Cabe recordar que el pasado 5 de junio, día de inicio del juicio contra los investigadores, las defensas presentaron sus respectivas cuestiones previas –resueltas este pasado martes–, pidiendo la nulidad del procedimiento al entender que se han usado pruebas nulas para la celebración del juicio.
En concreto, basaron sus argumentos en la sentencia que declara nulos los rastreos de llamadas y las incautaciones de los teléfonos a los periodistas del caso Móviles, insistiendo en que si se decretó dicha nulidad, también deben ser contemplados como tal los mensajes del grupo de WhatsApp –denominado ‘Sancus’– en el que los procesados comentaban las investigaciones, que es la principal prueba que sostiene la acusación.
Asimismo, los abogados mencionaron vulneraciones de algunos derechos fundamentales de los acusados como el derecho a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva, a la inviolabilidad de las comunicaciones, a un proceso con todas las garantías, a la asistencia letrada o a la libertad de información.
Del mismo modo, apuntaron a la ausencia de la cadena de custodia en la entrega de los móviles de los policías acusados, a la falta de competencias de la Policía Nacional para abrir la investigación que ha desembocado en este juicio, a la inhabilidad del fiscal Tomás Herranz o a la ilegitimidad de las acusaciones particulares para formular acusación.
Tras el turno de las defensas para presentar sus cuestiones previas, el 7 de junio las acusaciones respondieron a las mismas, defendiendo la validez de su acusación.
Así, Herranz aseguró que las filtraciones que menciona en su escrito “en absoluto vienen de los listados de llamadas nulos” y, por tanto, no se pueden entender como nulas las pruebas que presenta contra los seis acusados.
Del mismo modo, el fiscal negó que la entrega del móvil de Iván Bandera, de donde se extrajeron los mensajes del grupo ‘Sancus’, guardara relación con la nulidad de los listados telefónicos.
“Pueden valorarse lícitamente las pruebas y considerarse jurídicamente independientes”, justificó ante el Tribunal, señalando que “la vulneración solo se produce si la ilegitimidad de las pruebas originales se transmite a las derivadas”.
También las acusaciones particulares subrayaron su legitimidad para imputar, en sus distintos escritos, a los investigadores del caso Cursach, insistiendo en la “total independencia” de sus acusaciones y haciendo suyos los alegatos del Ministerio Fiscal.
RESOLUCIÓN DE LAS CUESTIONES PREVIAS
La Sala de lo Civil y Penal del TSJIB resolvió este pasado martes las cuestiones previas presentadas, anulando parte de las pruebas sustentadas por las acusaciones aunque manteniendo la continuidad del juicio.
En concreto, el Tribunal dictaminó que no se pueden valorar como prueba los hallazgos obtenidos de los teléfonos de los policías acusados en lo relativo al chat ‘Sancus’ en todo lo que tenga que ver con filtraciones a los medios de comunicación.
En lo referente a otras comunicaciones distintas de las filtraciones alojadas en los teléfonos de los policías, se decidió relegar esta cuestión a la sentencia a fin de determinar si es o no un hallazgo casual.
En su resolución, el TSJ declaró determinadas pruebas ilícitas que no podrán ser usadas por las acusaciones. Aún así, se admitió que las filtraciones a los periodistas puedan demostrarse por otros medios válidos.
Asimismo, se desestimó la incompetencia de los policías investigadores por la parcialidad del juez y el fiscal, o la inhabilidad de Tomás Herranz, y también se delimitó la legitimación de las acusaciones particulares para ejercitar acción penal, resolviéndose que solo puedan acusar por hechos de los que han sido directamente perjudicadas.
LOS HECHOS
En su escrito de más 30 páginas, la Fiscalía Anticorrupción atribuye Penalva y Subirán delitos de revelación de secretos, obstrucción a la justicia, detención ilegal, prevaricación e inducción al falso testimonio. También solicita 162 años de inhabilitación y 59.400 euros de multa para Penalva y 162 años de inhabilitación y 72.600 euros de multa para Subirán. En el escrito se señalan las instrucciones de los casos Cursach, ORA, IME y Madame.
Además para el Grupo de Blanqueo pide, por delitos de revelación de secretos, detención ilegal, prevaricación y obstrucción a la justicia, penas que suman más de 340 años de prisión.
A estas peticiones de cárcel se adhieren las presentadas por los abogados de Bartolomé Cursach, Bartolomé Sbert, Jaime Lladó y Antonio Bergas. En el escrito, reclaman penas de más de 200 años de cárcel y 338 años de inhabilitación, y multas que conjuntamente ascienden a 2,3 millones de euros por delitos continuados de revelación de secretos, obstrucción a la justicia, omisión del deber de perseguir delitos, prevaricación y coacciones.
A lo largo de las 32 páginas del escrito, firmado por los fiscales Tomás Herranz y Fernando Bermejo, el Ministerio Fiscal sitúa entre 2013 y 2018 cómo el juzgado de Instrucción número 12 de Palma siguió varios procedimientos penales para la investigación de diferentes hechos en los que intervinieron los seis acusados.
Cabe recordar que el fiscal Tomás Herranz fue el encargado de leer el escrito de conclusiones, entre lágrimas, del caso Cursach, en el que se retiraban todas las acusaciones a los procesados y pedía perdón en nombre de la Fiscalía.
En las fechas mencionadas, el Ministerio Fiscal también describe cómo los medios de comunicación divulgaron información de las investigaciones judiciales del caso Cursach, ORA e IME con informaciones “facilitadas por los acusados y sin que evitaran o impidieran su divulgación ni investigaran quién filtraba la información”. En detalle, en el escrito de acusación desgrana informaciones publicadas en diferentes medios de Baleares estando la causa bajo secreto de sumario.
Además, Fiscalía sostiene que las detenciones de 15 personas en el caso ORA se llevaron a cabo tras un testimonio “de contenido completamente inconcreto y especulativo”. Indica que tras “una muy deficiente investigación”, los acusados practicaron detenciones, presiones a detenidos, investigados y testigos y envíos a prisión.
La Fiscalía también alude a la detención del ex político del PP Álvaro Gijón, su hermano y sus padres con la motivación de “presionar y ablandarlo”, y a la imputación a cada uno de varios delitos “inexplicablemente”. Tras las declaraciones, los padres quedaron en libertad, pero el Ministerio Fiscal explica que el hermano de Gijón continuó arrestado “sin motivo alguno que lo justificara”.
En referencia a Gijón, los fiscales argumentan que “los investigadores se habían fijado como meta demostrar su implicación y entre todos decidieron las detenciones de su familia para ejercer presión sobre el político”.
La Fiscalía describe siete hechos más en las instrucciones judiciales del caso Cursach en las que señala presiones de Penalva, Subirán, Blanco, Bandera, Ruiz y Reguera a diferentes testigos y detenidos, entre ellos el director general del Grupo Cursach, Bartolomé Sbert.
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