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El exdirector de Trabajo Daniel Alberto Rivera y una exsecretaria son absueltos del caso Umax por el Supremo

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SEVILLA, 15 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo, tras revisar los recursos de casación formulados contra la sentencia de la Audiencia de Sevilla que condena a diferentes penas de prisión a cuatro exaltos cargos de la Junta de Andalucía y al administrador único de la empresa Umax Informática y Consultoría; y a inhabilitación especial a un quinto ex alto cargo; ha absuelto al ex director general de Trabajo Daniel Alberto Rivera del delito de prevaricación por el que se le impuso una pena de siete años de inhabilitación especial; absolviendo además a la ex secretaria general técnica de la Consejería de Empleo Lourdes Medina, que había sido condenada a cinco años y tres meses de cárcel y nueve años de inhabilitación absoluta.

En su sentencia, de 203 páginas y recogida por Europa Press, el Supremo desestima por completo los recursos de casación de la familia del ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Empleo Francisco Javier Guerrero, fallecido en octubre de 2020 víctima de una neumonía; y del administrador de Umax, Ulpiano Cuadrado, ambos condenados a cinco años y nueve meses de prisión y diez años de inhabilitación absoluta, por delitos continuados de prevaricación, malversación de caudales públicos y falsedad en documento oficial por las contrataciones vinculadas con dicha empresa.

En paralelo, estima totalmente los recursos de casación de Daniel Alberto Rivera y Lourdes Medina, absolviendo a ambos de todos los cargos en su contra, toda vez que el primero había sido condenado a siete años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por prevaricación y la segunda a cinco años y tres meses de cárcel y nueve años de inhabilitación absoluta, por un delito de malversación de caudales públicos y falsedad documental.

Además, el tribunal estima sólo parcialmente los recursos de casación del también ex director general de Trabajo Juan Márquez y del ex secretario general técnico de la Consejería de Empleo Francisco Javier Aguado; ambos condenados a cinco años y tres meses de cárcel y nueve años de inhabilitación absoluta, por un delito continuado de malversación de caudales públicos y falsedad documental.

En el caso de Márquez, la estimación parcial de su recurso de casación mantiene no obstante su pena de cinco años y tres meses de cárcel y nueve años de inhabilitación absoluta, pues la absolución del delito de prevaricación no supone modificación alguna de la pena impuesta en la sentencia recurrida.

Respecto a Francisco Javier Aguado; el tribunal reduce su condena inicial a cuatro años y seis meses de prisión y ocho años de inhabilitación absoluta.

((((HABRÁ AMPLIACIÓN)))


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