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La investigación del encargo de los Pérez Maura a Villarejo no será archivada, tras la decisión de la Audiencia Nacional

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La Sala rechaza abordar la prescripción hasta que el juez no determine “los hechos” que se les imputan

MADRID, 13 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado la decisión del juez de ‘Tándem’ y ha rechazado archivar la pieza relativa al presunto encargo de los navieros Ángel y Álvaro Pérez Maura al comisario jubilado José Manuel Villarejo para que evitara la extradición del primero a Guatemala.

En un auto, recogido por Europa Press, la Sección Tercera desestima el recurso que interpusieron los hermanos Pérez Maura contra la resolución del titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6, Manuel García Castellón, en la que se rechazaba la petición de sobreseimiento.

Los Pérez Maura instaron al archivo asegurando que “el delito de corrupción en las transacciones económicas internacionales que se le imputa, de resultar acreditado, se habría cometido en 2012, pues fue en ese año cuando se produjeron presuntamente los contactos entre los directivos de GROUP MARITIM y funcionarios y autoridades de Guatemala”.

Los mismos, recoge el auto, estaban “dirigidos a la obtención por dicha compañía, en régimen de usufructo oneroso, de unos terrenos con el fin de llevar a cabo la construcción de una terminal de contenedores en el Puerto de Quetzal de Guatemala, para lo cual se ofreció supuestamente el pago a las referidas autoridades y funcionarios de comisiones ilícitas que, habiéndose formalizado en escritura pública de fecha 11 de julio de 2012 el contrato de usufructo oneroso, se hicieron efectivas entre este año y 2015”.

Unos pagos que, según sostenían los hermanos en su recurso, “no afectan a la consumación del delito, ya que pertenecen a la fase de agotamiento”. “EI procedimiento contra la recurrente se dirige cuando habían transcurrido más de los cinco años que, según dicha parte entiende, es el plazo de prescripción del delito que se le imputa, por lo que interesa el sobreseimiento libre de las actuaciones”, recuerda la Sala.

PENDIENTES DE LOS DELITOS

El juez instructor rechazó, en línea con lo solicitado la Fiscalía, el archivo de la pieza al considerar que los hechos, calificables como delito de cohecho, no habrían prescrito en el momento de dirigir el procedimiento contra los Pérez Maura.

La Sala explica en su resolución que, por ahora, “no hay certeza sobre los hechos que se imputan a la compañía recurrente y que, según se expresa en el auto recurrido, están a punto de ser concretados en una posterior resolución”.

“La falta de determinación de si, indiciariamente, existió un único acuerdo, en cuya ejecución se realizaron, en un período que se prolongó aproximadamente tres años, diversos pagos, o si, por el contrario, hubo varios acuerdos, cada uno de ellos orientado a la consecución de objetivos distintos o a la superación de obstáculos ulteriores, seguidos de los correspondientes pagos, impide establecer, con la necesaria certeza, si estamos ante uno o varios delitos de corrupción en las transacciones comerciales internacionales, o en un supuesto de continuidad delictiva”, añaden los magistrados.

Es por eso que la Sala indica que “mientras la instrucción o la prueba en el juicio no lo aclaren, la cuestión de la prescripción no puede ser abordada y, consiguientemente, tampoco procede el sobreseimiento libre pretendido por la recurrente”.

LA PIEZA ‘PIT’

El punto de partida de esta pieza separada del ‘caso Villarejo, denominada ‘Pit, se sitúa en 2016, cuando Guatemala solicitó a España la entrega de Pérez Maura, acusado de pagar sobornos de hasta 30 millones de dólares a altos funcionarios del país iberoamericano, incluidos el ex presidente Otto Pérez Molina y su vicepresidenta Roxana Baldetti, para conseguir la adjudicación de una infraestructura en Puerto Quetzal.

De acuerdo con el relato judicial, los Pérez Maura habrían acudido entonces a Villarejo para que frenara la extradición de Ángel. Por este encargo, bautizado como ‘Pit’ -de ahí el nombre de la pieza separada-, el grupo empresarial del entonces comisario, CENYT, se habría embolsado 7,4 millones de euros.

En un principio, la investigación española se centró en ‘Pit, pero cuando la Audiencia Nacional rechazó en 2018 la extradición de Pérez Maura a Guatemala por ser ciudadano español abrió la puerta a que fuese juzgado en España por los delitos que allí se le imputaban.

En respuesta, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 asumió en abril de 2021 la causa dirigida en el país latinoamericano contra Pérez Maura por presuntos delitos de asociación ilícita, fraude y cohecho para concluir la fase de instrucción y, en su caso, proceder a juicio.


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