MADRID, 09 (SERVIMEDIA)
La Junta Electoral Central amplió este viernes el plazo para votar por correo de cara a las elecciones generales, por lo que se podrá depositar el voto en las oficinas de Correos hasta el día 20 de julio.
En un comunicado, Correos recordó que, hasta el momento, los electores podían solicitar el voto por correo hasta el 13 de julio.
Así, según el acuerdo adoptado por la Junta Electoral Central, el plazo para el depósito del voto por correo para el 23-J aumentó hasta el jueves, 20 de julio, en el horario habitual de las oficinas de Correos en toda España.
La Junta también acordó que la entrega del voto la realice personalmente el elector en las oficinas de Correos con la documentación necesaria para ejercer el voto por correo. Para ello, al depositar el voto por correo, deberá identificarse mediante la presentación del DNI, pasaporte, permiso de conducir, tarjeta de residencia o cualquier otro documento válido que permita su identificación.
Las personas que solicitaron el voto por correo pero no puedan acudir personalmente a la oficina depositarlo deberán otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona en su nombre. La autorización deberá ser firmada por el elector y acompañarse de fotocopia de su DNI, pasaporte u otro documento oficial identificativo.
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