Descarta aplicar la ‘ley del solo sí es sí’ porque implicaría una pena mayor
MADRID, 2 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la pena de 32 años de prisión a un septuagenario que, durante siete años, abusó sexualmente “de forma constante y reiterada” de sus tres nietas menores de edad, a las que también exhibió material pornográfico y ofreció dinero a cambio de tocamientos.
Los magistrados han considerado que en este caso “no procede” aplicar la conocida como ‘ley del solo sí es sí’ porque la norma no resulta más beneficiosa para el condenado, sino que, por contra, incrementaría su pena.
Según han explicado, tras la reforma del Código Penal, los delitos que se le atribuyen al hombre pasan a estar castigados con penas de entre 13 años y 9 meses de prisión a 15 años. Es decir, que de aplicar la la ley, habría que incrementar la pena porque la norma que se le impuso contempló una horquilla con una pena máxima de 12 años.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, consta que el hombre abusó de las menores desde 2010-2011 hasta 2016-2017, cuando éstas se fueron a vivir –junto a su padre– a casa de sus abuelos paternos tras la separación de sus padres.
Una de las niñas empezó a sufrir abusos cuando tenía 7 años. El acusado hizo tocamientos a su nieta “aprovechando que se quedaban solos” en la casa “bien porque la abuela se ausentaba, bien porque estaba durmiendo la siesta”.
“JUGAR A ‘MARIDO Y MUJER”
“Dichas acciones sobre la niña se desarrollaban principalmente y en una primera fase en el sofá del salón, mientras estaban tapados con una manta, diciéndole que iban a jugar a ‘marido y mujer”, recoge la sentencia.
Con el tiempo, sin embargo, los abusos “se intensificaron tanto cualitativa como cuantitativamente”: llegaron a ser hasta “tres o cuatro veces por semana” y “no quedaron limitadas al sofá, sino que se extendieron a las habitaciones de la casa”. Además de realizarle tocamientos, la violó.
Esta situación se prolongó hasta que la nieta –contando con 12 o 13 años de edad– se negó a participar de las actividades que le proponía su abuelo. El hombre, no obstante, “siguió insistiendo en ello” y en 2020, “pocos días antes de la denuncia” y cuando la menor ya tenía 16 años, le ofreció “dinero a cambio de que le tocara o se dejara tocar”.
En la resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Ángel Hurtado, consta también que abusó de sus otras dos nietas. Los tocamientos a la más pequeña de las tres empezaron cuando tenía 5 años y “fueron incrementándose” hasta sus 8 o 9 años. El abuso a la mayor “se limitó a una ocasión”. A las tres les mostró “reiteradamente” material pornográfico (revistas y películas) en el quiosco que regentaba.
Tras años de abusos, las nietas “padecen sintomatología postraumática”, “desconfianza”, “ansiedad” y “tristeza”, “problemas de concentración y alteraciones del sueño”.
AVALA EL TESTIMONIO DE LAS NIÑAS
La Audiencia Provincial de Barcelona le condenó a 32 años de prisión: 24 años de prisión por dos delitos continuados de abuso sexual con penetración y prevalimiento; 3 años y 6 meses por un delito de abuso sexual y prevalimiento; 2 años por dos delitos continuados de exhibición de material pornográfico a menores de edad; y 2 años y medio por un delito de corrupción de menores.
El hombre, disconforme con la decisión, llevó su caso ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que también desestimó sus argumentos, por lo que ha acudido finalmente en casación al Tribunal Supremo.
En su recurso, el septuagenario ha alegado que se vulneró su derecho a la presunción de inocencia, pero los magistrados han considerado que “en realidad” ha cuestionado la valoración de la prueba hecha por el tribunal.
En 20 folios, el tribunal ha defendido que el testimonio de las víctimas “ha contado con suficientes elementos de corroboración, entre ellos el propio testimonio del acusado, que reconoció algunos de los tocamientos a sus nietas”. Así las cosas, ha confirmado la condena.
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