MADRID, 17 (SERVIMEDIA)
El Proyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda fue aprobado definitivamente este miércoles en el Pleno del Senado con 134 votos a favor, una abstención y 117 votos en contra y entrará en vigor antes de las elecciones autonómicas y locales del 28 de mayo.
Sin presencia de ningún miembro del Gobierno durante la votación, los grupos parlamentarios del Senado rechazaron las más de 300 enmiendas que habían presentado y la norma saldrá adelante sin ningún cambio respecto al texto que fue aprobado por el Congreso.
Al tratarse de un procedimiento urgente, el Senado se puso de fecha límite hasta el 18 de mayo para la tramitación del texto después de que el Congreso validase la norma el pasado 27 de abril con 176 votos a favor, una abstención y 167 votos en contra.
Tras el último trámite parlamentario, se desbloqueará una de las grandes leyes de la legislatura, que estuvo más de un año atascada desde su aprobación en Consejo de Ministros por la falta de acuerdo del PSOE y de Unidas Podemos con sus socios para regular los alquileres, entre otras cuestiones. Finalmente, el pasado 14 de abril se anunció el acuerdo para sacar la ley adelante.
Durante el debate, la ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, agradeció el apoyo al Proyecto de Ley por el de Derecho a la Vivienda a “todas las formaciones políticas que van a hacer posible esta ley” y destacó que este último trámite cierra “un camino largo, difícil, de casi tres años de intenso trabajo y diálogo permanente con los sectores afectados y con el mundo académico y profesional”.
Señaló que han alcanzado la meta “largamente buscada” y aseguró que pueden sentirse “orgullosos” de una ley “sólida jurídicamente”, que toma “lo mejor” de regulaciones de otros países y “socialmente ambiciosa” ya que cambia la “orientación tradicional” de la política de vivienda en España.
Por su parte, el senador del PP Antonio Silván reclamó al PSOE retirar la norma por ser acordada a través de un “chantaje” de ERC y de EH Bildu, a los que se refirió como “los amigos de ETA”. “Tienen una oportunidad. Retiren esta ley fruto del chantaje a la democracia. Pronúnciense hoy retirando esta ley. Es una oportunidad que les brinda hoy el Senado”, dijo a los senadores socialistas.
“¿Por qué estamos debatiendo una ley fruto del chantaje de los amigos de los asesinos de las víctimas de ETA?, se preguntó Silván, quien inquirió a los senadores socialistas si no sentían “bochorno o vergüenza”.
En cuanto a la norma, criticó que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y esta ley “han podemizado la vivienda”, definió la norma como una “ley okupa de la propiedad privada” y subrayó que ninguna ley “ha despertado en el Senado tanta oposición como la Ley de Vivienda”. Además, pronosticó que habrá “consecuencias indeseadas en formas de indemnizaciones”.
En la misma línea que su compañero, el senador popular Pedro Rollán señaló que esta tramitación “es la prueba evidente de la alianza del PSOE y Bildu” y aseguró que “los cimientos de esta ley se levantan sobre las cenizas del Hipercor con 21 muertos, sobre los escombros de la plaza República Dominicana donde fueron asesinados 12 guardias civiles y sobre los hierros retorcidos de la casa cuartel de Zaragoza”.
Por el PSOE, el senador Ramón Morales señaló que la norma busca la “protección de los grupos más vulnerables” y le indicó al PP que “un inquilino que no paga el alquiler no es okupa sino un moroso”, reclamando a los populares que “basta de miedos y bulos”. El senador socialista subrayó que los cambios en la Ley de Enjuiciamiento Civil criticados por el PP por “favorecer la okupación”, lo que hacen es reforzar la “conexión entre los procedimientos judiciales de los alzamientos de personas vulnerables y los servicios sociales que puedan encontrar una alternativa habitacional”. Así, recordó que el delito de usurpación se regula en el Código Penal por lo que es una “falsedad” que la norma favorece a los okupas.
Su compañera de partido María Isabel Moreno aseguró que la formación está “abusando del relato de los okupas”, por lo que “corren el riesgo” de convertir al presidente del partido, Alberto Núñez Feijóo, en un “cuentacuentos sin criterio”.
Asimismo, la senadora defendió el mecanismo de intervención de precios al señalar que “cuanto más alejado esté el componente especulativo, mayor garantía de estabilidad y equilibrio se le dará a un mercado altamente imperfecto porque pertenece a un sector cíclico en grado extremo”. Moreno subrayó que este modelo “se está extendiendo por toda Europa” y aseguró que “la derecha llegará tarde”.
Además de la del PP, se presentaron otras cinco propuestas de veto a la norma, la mayoría de ellas centradas en la “invasión competencial”, aunque también, en el caso de Vox, en el “ataque a la propiedad privada”. Su senadora María José Rodríguez de Millán señaló que la norma “no va a atajar los principales problemas de vivienda” e “introduce por primera vez el derecho a okupar”. Además, criticó su “intromisión” en el patrimonio de los ciudadanos y subrayó que la norma “vuelve a demostrar que el Gobierno está del lado de la delincuencia”.
LUCHA INDEPENDENTISTA
Como ocurriera en el Congreso, donde PNV, Junts y PDeCat hicieron un frente común para votar en contra del texto, estas formaciones independentistas chocaron a cuenta de las competencias.
Por parte de Junts, el senador Josep Lluís Cleries señaló que PSOE y Podemos se han instalado “de forma silenciosa y con la complicidad de los partidos independentistas” en la armonización de competencias en materia de vivienda. El senador denunció que existe “una clara intención” de “tutelar” a las autonomías y señaló que esta legislatura ha sido la del “gran retroceso autonómico”. También, por parte de Geroa Bai, Koldo Martínez señaló que ERC y EH Bildu se han convertido en “los lacayos más fieles del PSOE y los perritos falderos de Pedro Sánchez” “Bildu, Sortu, HB, ¿Quién te ha visto y quién te ve?”, señaló.
En respuesta, las dos formaciones que posibilitarán que la ley salga adelante coincidieron en que el tema competencial es una “cortina de humo” para no entrar en el debate ideológico. Sara Bailac (ERC) señaló que “la defensa del autogobierno se utiliza como comodín para esconder que se defiende un modelo conservador” que defiende la “propiedad privada sin contar con su función social” y de los pisos “como mercancías al servicio de las élites rentistas”.
MEDIDAS
La Ley de Vivienda introducirá un nuevo tope permanente que limitará el incremento anual que un propietario puede repercutir al inquilino en el momento de la revisión del contrato. Ahora se aplicará la situación en vigor con los reales decretos de medidas para paliar las consecuencias de la guerra en Ucrania.
Así, se aplicará hasta final de año el límite del 2% en vigor, que fue aprobado el pasado diciembre como parte del paquete de medidas, mientras que en 2024 será del 3% y, en adelante, “se creará un nuevo índice en estos términos, más estable e inferior a la evolución del IPC”. Este nuevo índice será elaborado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) y afectará a todos los contratos.
Por otro lado, la ley incluye condiciones para regular los contratos de alquiler en zonas tensionadas que van más allá de la intención inicial del Ejecutivo. Así, los contratos de pequeños propietarios en zonas tensionadas, que en el texto inicial no estaban sujetos a ningún tipo de límite y a los que solo se ofrecían beneficios fiscales, estarán ahora obligados a referenciarse al contrato anterior.
Además, los nuevos contratos de pequeños propietarios -que no se hayan alquilado en los últimos cinco años- también tendrán que referenciarse al índice de referencia para grandes tenedores en zonas tensionadas si así lo deciden las comunidades autónomas. Los gobiernos autonómicos, de hecho, tendrán la facultad de rebajar de diez a cinco el número de viviendas necesarias para ser considerado gran tenedor en una zona tensionada concreta.
Por otro lado, la norma rebaja las condiciones para que una comunidad pueda declarar una zona como tensionada. De tal manera, de las de tres condiciones que tenían que cumplirse simultáneamente en el proyecto de ley original, ahora serán sólo son dos y bastará con que se cumpla una de ellas. Así, una comunidad autónoma podrá declarar zona tensionada cuando la carga media del coste de la hipoteca o del alquiler más los gastos y suministros básicos supere el 30% de la renta media de los hogares, o bien cuando el precio de alquiler de la vivienda haya aumentado al menos tres puntos por encima del IPC en los cinco años anteriores.
También se obligará a los propietarios a pagar en exclusiva los honorarios de las inmobiliarias y se prohibirá que el propietario repercuta en el precio del alquiler al inquilino otros gastos tales como la tasa de basuras o los gastos de la comunidad.
La norma también introduce deducciones fiscales para los pequeños propietarios que pongan su casa en alquiler en áreas tensionadas. La reducción alcanzará el 90% si la renta se rebaja más de un 5% en relación con la renta anterior, el 70% cuando se alquile a personas de entre 18 y 35 años o a una administración pública o entidad sin fines lucrativos, el 60% cuando se haya hecho una actuación de rehabilitación en los dos años anteriores y un 50% para el resto de los casos.
VIVIENDA PROTEGIDA
Otra de las principales novedades del texto es la protección de la vivienda pública protegida. Desde la aprobación de la ley, las viviendas protegidas estarán sometidas a un “régimen de protección pública permanente que excluya la descalificación, en tanto se mantenga la calificación de dicho suelo”. Solo se excluirán aquellos supuestos que “excepcionalmente” pueda prever la normativa autonómica en caso de que exista “causa justificada” para su descalificación o para el establecimiento de un plazo de calificación que, como mínimo, deberá ser de 30 años.
En cuanto a la polémica sobre la okupación, la disposición final quinta establece que no se atenderán las demandas de desahucio si el propietario no especifica tres cuestiones. En primer lugar, deberá certificar que el inmueble constituye la “vivienda habitual de la persona ocupante”; en segundo lugar, tendrá que determinar si es un gran tenedor y, en esta circunstancia, también deberá dar cuenta de la situación económica de la parte demandada.
De tal manera, sólo en el caso de que se trate de un gran tenedor, el inmueble objeto de demanda constituya “vivienda habitual” de la persona ocupante y esta se encuentre en situación de vulnerabilidad económica, “no se admitirán las demandas” en las que no se acredite que el demandante “se ha sometido al procedimiento de conciliación o intermediación” que establezcan las autoridades competentes a este respecto, en su mayoría, las comunidades autónomas.
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