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La denuncia sobre la existencia de 44 presuntos miembros de ETA en las listas electorales de EH Bildu ha sido desestimada por la Fiscalía

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MADRID, 17 (SERVIMEDIA)

La Fiscalía de la Audiencia Nacional no ve ilegalidad en la inclusión en las listas electorales de EH Bildu de 44 condenados por su vinculación con ETA, siete de ellos con delitos de sangres. El Ministerio Público archiva así las diligencias de investigación abiertas a raíz de una denuncia presentada por la asociación de víctimas Dignidad y Justicia.

La Fiscalía informa de esta decisión en un decreto notificado este miércoles, tras comprobar que los hechos denunciados “son atípicos”, lo que no conllevan “infracción penal alguna”. El documento indica que “tras un riguroso análisis de la denuncia” y tras consultar los documentos oportunos, “se concluye que los hechos no son constitutivos de ilícito penal”.

El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Jesús Alonso, abre y cierra las diligencias por esta denuncia del 11 de mayo y su posterior ampliación en esta resolución al no encontrar indicios de delito en la presencia de estos candidatos en las listas a las elecciones del 28 de mayo.

El Ministerio Público ha recabado “las hojas histórico-penales de las personas condenadas a las que hace expresa referencia el escrito de denuncia”. Del examen de esa documentación, dice el decreto, “no se aprecia la concurrencia de circunstancia alguna que permita atisbar que nos hallemos ante un supuesto de inelegibilidad de los previstos en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General ni que los hechos objeto de la denuncia tengan trascendencia penal o constituyan un ilícito de esta naturaleza”.

La denuncia de Dignidad y Justicia hacía referencia a los siete candidatos en las listas de EH Bildu que habían cumplido condena por delitos de sangre. Estos siete candidatos anunciaron el martes que no recogerían sus acreditaciones en caso de salir elegidos para no acrecentar el dolor de las víctimas.

La Fiscalía concluye que “a la vista de los antecedentes penales de las personas reseñadas, se considera que los hechos denunciados no resultan penalmente típicos”, por lo que las diligencias quedan archivadas “por no ser los hechos constitutivos de infracción penal alguna” y advierte que el control de las legalidad de las candidaturas a las elecciones son competencia de las Juntas Electorales.


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