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La administración regional asignará una cantidad de 1,3 millones de euros para llevar a cabo actividades relacionadas con la conectividad en áreas industriales y de logística

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PAMPLONA, 12 (EUROPA PRESS)

En el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), el Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial del Gobierno de Navarra, a través de la Dirección General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, ha convocado ayudas de 1.386.000 euros para realizar acciones de conectividad en polígonos industriales y centros logísticos.

Dentro de las diez políticas palanca que contempla el PRTR, unas de las 30 líneas de acción que se identifican es la componente 15 ‘Conectividad digital, impulso a la ciberseguridad y despliegue del 5G’, que tiene entre sus objetivos “promover esa transformación digital en todo el Estado español para promover así la desaparición de la brecha digital entre zonas rurales y urbanas”.

Por tal motivo, el objeto específico de esta convocatoria en la Comunidad foral es “potenciar esta conectividad” y la implantación de infraestructuras de red en polígonos industriales y centros logísticos, así como áreas de concentración empresarial, especialmente en ámbitos rurales y zonas afectadas por el reto demográfico, con el fin de “impulsar la sociedad del Gigabit y ofrecer soluciones de conectividad a proyectos de carácter innovador de digitalización sectorial”.

En este sentido, las actuaciones subvencionables de estas ayudas podrán ser realizadas en polígonos industriales, centros logísticos, parques empresariales, viveros de empresas y parques tecnológicos o científicos en Navarra, ha indicado en un comunicado el Ejecutivo foral.

Estas ayudas están dirigidas a empresas que ostenten la condición de operador debidamente habilitado, conforme a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, y que cumplan los siguientes requisitos:

– No hallarse en situación de crisis con arreglo a lo que establecen el artículo 1.4.c) y 2.18) del Reglamento general de exención por categorías y las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (2014/C 249/01).

– No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.

– No tener pendientes obligaciones de reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, en su caso, el cumplimiento de las mismas.

– No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.

– No estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Las ayudas se destinarán a inversiones y actuaciones en dos tipos de desarrollo:

– Redes de alimentación: proporcionar conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad, capaces de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps en el ámbito de actuación.

– Redes de distribución: instalar una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, en terrenos cuya gestión corresponde a una entidad de derecho público, capaz de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps, que abarque el conjunto del ámbito de actuación, así como, en su caso, sus zonas industriales adyacentes, a fin de interconectar cada uno de los centros, unidades, instalaciones y dependencias que lo conforman.

Asimismo, se considerarán gastos subvencionables los gastos e inversiones asociados a los siguientes conceptos: infraestructuras y obra civil, equipamiento y otros materiales, gastos de personal propio y otros costes generales o indirectos imputables al proyecto, como la realización del correspondiente informe técnico.

El periodo para la ejecución de los proyectos y la realización de los gastos subvencionables estará comprendido entre la presentación de la solicitud y el plazo máximo para la puesta en servicio, que es el 31 de diciembre de 2023.

Tanto la intensidad como el importe máximo de la ayuda dependerá del ámbito de actuación de cada proyecto a subvencionar y de la línea de actuación que se vaya a realizar. Así, en cuanto a la intensidad, rondará entre un mínimo del 70 % y cómo máximo del 80%. El importe será como mínimo 60.000 euros y cómo máximo 250.000 euros.

En relación con la documentación exigida para solicitar las ayudas se debe presentar para cada uno de los proyectos: una memoria técnica, el presupuesto detallado; un mapa con las zonas elegibles en las que se desarrollará el proyecto, acreditación de que se posee la condición de operador de telecomunicaciones, entre otros documentos que se pueden consultar en la ficha de la convocatoria dónde estará habilitado el enlace para realizar la solicitud.

ZONAS DE ACTUACIÓN

El 30/10/2022 se publicaron las zonas con resolución de concesión de la Convocatoria de ayudas del Programa de Universalización de Infraestructuras Digitales para la Cohesión – Banda Ancha (Convocatoria – ÚNICO-Banda Ancha 2022) para la realización de proyectos en el marco de la Orden ETD/348/2020, de 13 de abril, modificada por la Orden ETD/704/2021.

Tras dicha concesión, se le concedió a ADAMO TELECOM IBERIA SA una cuantía de ayuda de 12.059.753 euros para dar cobertura a 8.448 zonas elegibles existentes en NAVARRA, quedando así 72 zonas de actuación en esta convocatoria.

Las personas que quieran solicitar estas ayudas lo pueden hacer, desde este viernes y hasta el 27 de mayo de 2023 (incluido), de manera telemática, a través de la ficha en el Catálogo de Trámites del Portal del Gobierno de Navarra en Internet.


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