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El padre del soldado fallecido por un disparo considera la sentencia como “vergonzosa” y ha declarado que va a apelar

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SEVILLA, 10 (EUROPA PRES)

Juan José Jiménez, padre del legionario mallorquín de la brigada de la Legión con base en Almería fallecido durante un ejercicio en marzo de 2019 en el campo de maniobras de Agost (Alicante), ha considerado este miércoles “de vergüenza” la sentencia del Tribunal Territorial Militar Segundo, con sede en Sevilla, que condena a tres años, diez meses y 26 días de prisión al sargento declarado autor del disparo mortal, para quien la familia del finado reclamaba 34 años de prisión. Así, ha anunciado que la familia recurrirá dicha ante el Supremo dicha sentencia.

En declaraciones a Europa Press, Juan José Jiménez ha considerado que al sargento condenado por tales hechos le han “salido baratos” los mismos, lamentando además que el Tribunal Territorial Militar Segundo haya absuelto por completo al resto de los militares acusados de presuntos delitos de encubrimiento, desobediencia y abuso de autoridad, entre otros.

En ese sentido, ha rememorado que siempre intentó que el asunto fuese juzgado por la Justicia civil y no por la Justicia militar, avisando de que tras “12 años” en las Fuerzas Armadas, conoce “el lobby y corporativismo de Defensa, que está anclada en tiempos pasados”.

EL JUICIO FUE “UNA PANTOMIMA”

Juan José Jiménez, que reclamaba 34 años de cárcel para el sargento por delito de homicidio agravado, delito de obstrucción a la Justicia y delito de abuso de autoridad, solicitando además 25 años de prisión para el teniente Pablo Fernández Sosa también por un delito de homicidio agravado; ha considerado así que la sentencia emitida prueba que el juicio celebrado por el Tribunal Militar Territorial Segundo fue “una pantomima”.

“Esto no es justicia”, ha aseverado el padre del legionario fallecido, asegurando que la sentencia será recurrida ante el Tribunal Supremo.

La sentencia, emitida el pasado 29 de marzo, de 141 folios y recogida por Europa Press, condena al sargento de la Legión Antonio Saúl Guil a dos años, ocho meses y 26 días de prisión por un delito contra la eficacia del servicio militar, con las accesorias legales de suspensión de empleo, así como a indemnizar a los padres del legionario fallecido con 208,294,82 euros, declarando la responsabilidad civil directa de la aseguradora Plus Ultra hasta la cuantía de 150.000 euros y la responsabilidad civil subsidiaria del Estado.

Además, le condena a 14 meses más de prisión, por dos delitos de abuso de autoridad del artículo 48 del Código Penal Militar, también con la accesoria de suspensión de empleo.

SIN MÁS CARGOS

En paralelo, la sentencia le absuelve de un delito contra la administración de justicia, de tres delitos adicionales de abuso de autoridad que se le achacaban y de un delito de asesinato.

El tribunal declara probado que “uno de los disparos efectuados” por el sargento Guil en aquella maniobra “alcanzó al caballero legionario Jiménez Cruz”, primero en el culatín de su fusil y después en su cuerpo, ocasionándole un “orificio de bala en el hemitórax derecho” que resultó en su muerte.

La sentencia absuelve además, y por completo, al resto de los acusados en este procedimiento, que fueron el capitán Antonio Cabello, acusado de deslealtad, abuso de autoridad, encubrimiento y desobediencia; el teniente Pablo Fernández, acusado de delitos contra la eficacia del servicio, abuso de autoridad, asesinato, contra los deberes del mando, de encubrimiento, desobediencia y deslealtad; el capitán Ricardo Gascón, acusado de un delito contra la eficacia del servicio y deslealtad; el cabo Alejandro Roca, acusado de encubrimiento y de delito contra los derechos fundamentales y libertades públicas; el cabo Adrián Cóllar, acusado de encubrimiento; el soldado Abel García, acusado de encubrimiento y de delito contra los derechos fundamentales y libertades públicas; y el soldado Alejandro Jiménez, acusado de encubrimiento.

La sentencia del Tribunal Territorial Militar Segundo, eso sí, es susceptible de recurso de casación ante la Sala Quinta de lo Militar del Tribunal Supremo, extremo que como ha sido señalado acometerá la familia de la víctima.


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