Recuerda que los agentes de la Benemérita “deben mostrar un comportamiento intachable en todo momento”
MADRID, 6 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado la sanción impuesta a un guardia civil por vulnerar la dignidad de la Benemérita con su conducta –provocó una “reyerta” en su propio grupo de amigos porque el hijo de uno le vació un sobre de kétchup, llegó a morder a otro y se dio a la fuga hasta ser detenido por la Policía Nacional–, al considerar que el castigo está “palmariamente” justificado porque los agentes deben tener un “comportamiento intachable”.
Los hechos tuvieron lugar la noche del 5 de septiembre de 2020 en una terraza de un bar de un municipio de Cáceres donde el guardia civil, su pareja y unos amigos se encontraban tomando algo. En un momento dado, el hijo de 10 años de uno de los amigos vertió un sobre de kétchup sobre el agente de la Benemérita, que afeó el comportamiento al niño, desencadenando una discusión.
El padre del menor le dijo que si seguía dirigiéndose a su hijo le iba a “dar una hostia”, a lo que el uniformado respondió “que no se pusiera tan chulo”. Según el relato recogido por la Sala de lo Militar del TS, “la discusión desembocó en una serie de enfrentamientos físicos” –“con empujones, puñetazos e incluso un mordisco” que requirió puntos de sutura– entre el guardia civil y su pareja, por un lado, y el resto de amigos.
Al final, el agente del Instituto Armado, con el torso desnudo porque la ropa se le rompió “durante el forcejeo”, se dio a la fuga. Hasta tres patrullas de Policía Nacional se desplazaron a la zona para encontrar al guardia civil. Una vez localizado, “hizo caso omiso” al “alto” que le daban los policías. No obstante, pudo ser interceptado por una cuarta patrulla.
Se negó “reiteradamente” a identificarse, por lo que fue detenido y, “como se resistía a entrar, hubo de ser introducido a la fuerza en el vehículo policial, que golpeó varias veces desde dentro”. Ya en comisaría, “pudieron comprobar que era la segunda vez que ese señor causaba problemas”, según testificó uno de los policías que intervino.
Ante el juez instructor que le investigó por un posible delito leve de lesiones, declaró que se arrepentía de lo ocurrido, “por no haber sabido controlar debidamente la situación, sin que fuera su intención que se manchara la imagen institucional ni desobedecer a los agentes del Cuerpo Nacional de Policía”. Además, reconoció que se había tomado dos o tres “cubatas”.
La investigación judicial acabó archivada pero se le abrió un expediente disciplinario que desembocó en una sanción de cinco días sin sueldo por una “falta grave” debido a “la observancia de conductas gravemente contrarias a la dignidad de la Guardia Civil”, decisión que fue confirmada por el Tribunal Militar Central y recurrida ante el Supremo.
SU VERSIÓN “NO ENCAJA”
La Sala Quinta analiza las declaraciones del guardia civil, su pareja y los policías implicados para hacer suyas las conclusiones del Tribunal Militar Central, según las cuales la versión ofrecida por el uniformado “no encaja” porque, si se hubiera comportado de un “modo plácido”, como alega, la situación “no hubiera culminado con la intervención de nada menos que tres patrullas policiales y una detención”.
“Y, sobre todo, no se atisba ningún motivo para que los policías nacionales hubieran conspirado para perjudicarle”, apunta la Sala de lo Militar, razonando que “algo tuvo que suceder para que se realizara la detención, y sólo puede tratarse de la actitud desafiante” del guardia civil.
Los magistrados recuerdan que los miembros de la Guardia Civil “deben mostrar un comportamiento intachable en todo momento, no solo en acto de servicio, también en relación con terceros, siendo reprochables cuantas acciones que, por su trascendencia, afecten al haz de valores y virtudes que caracterizan a la Benemérita”.
Así, consideran “palmariamente” justificada la sanción al guardia civil por mostrar “una conducta, reyerta inicial y grave renuencia a la intervención policial subsiguiente, con notorio desdoro para el Instituto Armado”.
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