LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 5 (EUROPA PRESS)
La directora del Servicio Canario de la Salud (SCS), Elizabeth Hernández, ha acordado este viernes con los sindicatos de la mesa sectorial de sanidad establecer una hoja de ruta que contemple las mejoras laborales, organizativas y retributivas que afectan a los trabajadores de todas las categorías profesionales del SCS.
Este era uno de los puntos del orden del día del encuentro, convocado por el SCS, que desde la Consejería regional de Sanidad apuntan que responde a los asuntos que se han venido tratando en las reuniones de la mesa sectorial desde 2022.
Estos acuerdos han sido firmados por mayoría por UGT, CCOO y CEMSATSE, y se centran en el desarrollo de una hoja de ruta para lo que se ha acordado crear un grupo de trabajo con representantes de cada uno de los sindicatos para definir las líneas de trabajo y negociación prioritarias de las mesas sectoriales de este año, según ha informado la Consejería canaria de Sanidad en nota de prensa.
Así, entre los temas a abordar, está el de desarrollar un concurso de traslados abierto y permanente para los profesionales del SCS que deseen cambiar de centro al que estén adscritos tras finalizar el proceso de estabilización de cada una de las categorías, punto que se ha aprobado.
Además de adecuar el sistema retributivo de todas las categorías profesionales a la media nacional previo estudio de estructura salarial actual en referencia a las establecidas en el marco del Sistema Nacional de Salud; adoptar las medidas necesarias para la adecuación de las plantillas orgánicas del SCS a las necesidades asistenciales, que se comenzará con las 7.000 plazas que se incorporarán a la plantilla orgánica en este semestre.
También se han comprometido al desarrollo e implementación de plazas de enfermería especialista en Salud Mental, Familiar y Comunitaria y Pediatría en las plantillas orgánicas del SCS; y revisión y desarrollo de los acuerdos de la mesa sectorial en relación a las listas de empleo homogéneas y a la aplicación del Manual de Permisos, Licencias y Vacaciones.
En la reunión también se ha acordado una modificación “puntual y urgente” del decreto de selección de personal estatutario y la provisión de plazas básicas, así como de puestos de trabajo en los centros del SCS con la que se pone en marcha el concurso de traslados que agiliza la movilidad de los profesionales dentro de la instituciones del SCS.
También se negoció una modificación del decreto 123/1999, de 17 de junio, sobre selección de personal estatutario y la provisión de plazas básicas y puestos de trabajo en los órganos de prestación de los servicios sanitarios del SCS para facilitar la ejecución del concurso de traslado abierto y permanente.
En cuanto al concurso de traslado abierto y permanente indicó que habrá una única convocatoria que mantendrá su vigencia en el tiempo, con una oferta de plazas y adjudicación de destinos que tendrá una periodicidad mínima anual.
Así cada ciclo anual se iniciará a partir del 15 de enero del mismo año natural y finalizará con la publicación en el BOC de la resolución definitiva de adjudicación de destinos. Las plazas que se pueden adjudicar en esta modalidad de concurso son las que se determinen para cada fase de resolución y se encuentren vacantes a 31 de diciembre del año correspondiente a cada resolución anual.
Añade que no podrán adjudicarse las plazas hasta que adquieran la condición de vacantes a efectos del concurso y en ningún caso podrán adjudicarse las plazas para las que se haya iniciado procedimiento de amortización.
La solicitud, por el carácter abierto y permanente del concurso, se podrá presentar en cualquier momento a partir de la publicación de la convocatoria y podrá incluir cualquiera de las plazas que figuran en las plantillas orgánicas, con independencia de su condición de vacante o no en el momento de presentar la solicitud.
Finalmente, señaló que podrá participar voluntariamente en el concurso de traslados el personal estatutario fijo de la misma categoría o equivalente que esté desempeñando o tenga plaza reservada en las instituciones sanitarias de los servicios de salud del Sistema Nacional de Salud (SNS); el personal estatutario fijo de los servicios de salud del SNS en situación distinta a la de activo y que no tenga reserva de plaza de la misma categoría o equivalente; el personal sanitario licenciado y diplomado que resulte adjudicatario de un destino que lleve asociado el ejercicio de tutoría de personal residente en formación.
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