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Un juez ha situado al expresidente de Vitaldent y a otras 50 personas en la antesala del banquillo por su presunta implicación en delitos de estafa y blanqueo

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Pone el foco en la “estructura societaria” creada por Colman, cuyo “objetivo final era la comisión de fraudes masivos”

MADRID, 21 (EUROPA PRESS)

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha dejado a un paso del banquillo de los acusados al expresidente de Vitaldent Ernesto Ramón Colman y a otras 50 personas por presuntos delitos de estafa, blanqueo de capitales, apropiación indebida y pertenencia a organización criminal.

El titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 dictó este jueves el auto de pase a procedimiento abreviado, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que pone el foco en la “estructura societaria y de franquicias creada por Colman”, y que habría dado “lugar a un modelo abusivo que buscaría el enriquecimiento de la organización a través de diferentes vías”.

El magistrado sitúa en la cúspide al que fuera presidente de Vitaldent, a quien acusa de haber “creado un entramado de sociedades instrumentales, situando al frente a personas de su confianza (testaferros), ocupándose realmente de la gestión de todas y cada una de ellas”. En esta red, detalla, habrían participado sociedades localizadas en España, Países Bajos, Suiza y Luxemburgo.

Además de a Colman, el magistrado sitúa en lo más alto de la organización a Bartolo Conte. Los dos acusados protagonizaban “un específico rol dentro de una operativa compleja, cuyo objetivo final era la comisión de fraudes masivos (de índole tributaria y contractual) y el blanqueo de los beneficios obtenidos en la estructura empresarial sujeta a comprobación”.

SOBRECOSTES Y PUBLICIDAD

Una de las vías utilizadas por la estructura para su enriquecimiento habría sido la de los sobrecostes, como habría quedado reflejado en “las obras de acondicionamiento de los locales, compra de material informático y software para la gestión de las clínicas, arrendamientos de locales en los que se establecen las clínicas y proveedores y laboratorios”.

Según el instructor, se habría obligado a los franquiciados a comprar a determinados proveedores y a diferencia de lo publicitado, los beneficios o descuentos que obtenía la marca no redundaban en los franquiciados, sino que, al verse obligados ellos también a pagar un canon del 11%, se traducía en un incremento del precio para los franquiciados y, en el caso de las prótesis, en una disminución de su calidad.

Por otro lado, la red también se habría enriquecido por la inversión en publicidad. El canon anual, un 5% del bruto, no se aplicaba a esos fines. “Al igual que en el caso anterior, de las diligencias de investigación se deriva la existencia de varios documentos que acreditarían el desvío del canon de publicidad abonado por los franquiciados a otros fines”, sostiene el juez.

En este contexto, García Castellón relata que la organización también habría perseguido otras vías para sus planes, y entre las que se encuentran la formación de personal para las clínicas, la inversión inmobiliaria y la financiación a los franquiciados.

Asimismo, el magistrado se refiere a la creación de una contabilidad en ‘b’ y a un sistema de generación mensual y anual de grandes cantidades de dinero opaco fiscalmente. “En un primer momento, cada clínica podía generar en ‘b’ la cantidad mensual elegida, debiendo entregar el 10% de lo ‘ennegrecido’ a la organización, estableciendo para ello un sistema de recogidas de dinero en efectivo y facilitando la entrega de metálico en las reuniones anuales de los franquiciados”, explica.

Con todo, “el sistema de generación en ‘b’ habría evolucionado”. “De tal modo se exigiría el pago de 10.000 euros mensuales en efectivo, pero únicamente a las clínicas propias y a algunos franquiciados de confianza, utilizando para ello el sistema de recogidas de efectivo diseñado con anterioridad”, añade.

PERJUICIO A LOS FRANQUICIADOS

El magistrado incide en que desde el año 2005 hasta la instrucción de esta causa, que arrancó en 2015 en los Juzgados de Majadahonda antes de dar el salto a la Audiencia Nacional, Colman constituyó “un entramado societario con la finalidad de eludir sus obligaciones fiscales, obteniendo importantes cantidades de dinero, y de blanquear los beneficios obtenidos con esta actuación”.

Ello, asegura el juez, habría “perjudicado a los franquiciados al imponerles una serie de condiciones por el uso de la marca (entre ellas, pago de determinados cánones según su volumen de facturación entre el 10 y el 11 %)”.

“Y por actividades que no prestaba, destinando dichos recursos a su enriquecimiento personal, mediante la estructura de sociedades instrumentales al frente de las cuales ha situado a personas de su confianza (testaferros), pero ocupándose realmente de la gestión de todas y cada una de ellas, resultando un solo sujeto a efectos tributarios”, apostilla el instructor.

Este auto del magistrado llega después de que el pasado mes de octubre acordase el archivo de la causa al entender que no quedaban acreditados los hechos delictivos que se atribuían a la antigua directiva. Sin embargo, la Sala de lo Penal revocó esa decisión el pasado mes de noviembre al tiempo que ordenó a García Castellón que dictase auto de pase a procedimiento abreviado.

Los magistrados de la Sala entendían que la investigación desarrollada en torno a Vitaldent originó un cúmulo de indicios sobre la supuesta perpetración de los hechos posiblemente constitutivos de los mencionados tipos penales, tal y como indicaba la Fiscalía Anticorrupción y una acusación particular.


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