VALLADOLID, 10 (EUROPA PRESS)
El Servicio de Salud de Castilla y León (Sacyl) ha reconocido el derecho de una paciente discapacitada a recibir de modo gratuito las sondas y los absorbentes necesarios para su incontinencia urinaria, tras las acciones formales emprendidas por la asociación El Defensor del Paciente.
Con fecha 27 de abril de 2007, después de una lucha de cuatro años el Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha ya condenó al servicio público de salud de Castilla-La Mancha (Sescam) y reconoció el derecho de N.G.B. a recibir dicho material de forma gratuita.
En aquella sentencia se establecía la necesidad de que dicho material fuera el especifico necesario tipo Indasec, por ser el más apropiado en función de sus necesidades para paliar los efectos de la espina bífida e incontinencia que sufría la paciente desde su nacimiento, según la información de El Defensor del Paciente recogida por Europa Press.
Sin embargo, alcanzada la mayoría de edad, N.G.B, con motivo de su actividad laboral como terapeuta ocupacional, desplazó su residencia a la localidad de Bembibre (León), por lo que, al fijar su domicilio en la localidad leonesa, realizó las gestiones necesarias para tener acceso a través del Sacyl al material necesario que se le estaba suministrando en el Sescam por orden judicial.
Sacyl le denegó vez tras vez el material de forma injustificada. Tras meses de periplo por los diferentes servicios médicos y organismos de la Gerencia, tuvieron que intervenir nuevamente los Servicios Jurídicos de la Asociación El Defensor del Paciente, en este caso el letrado Santiago Díez Martínez, iniciando una reclamación formal dado que ni se le negaba formalmente, pues no había ninguna causa que justificara la denegación, ni tampoco se le proporcionaba. No ha sido hasta que se han iniciado acciones formales que la Gerencia ha dado solución a la situación de la paciente.
Si en el año 2007 aquella sentencia del TSJ de Castilla-La Mancha reconoció que el uso de pañal para N.G.B era una necesidad dada su minoría de edad, ahora lo es aún más, pues a nadie escapa que el soportar una jornada laboral con las limitaciones físicas e incontinencia urinaria y fecal que presenta es absolutamente insostenible.
N.G.B., de 32 años en la actualidad, sigue afectada de la misma discapacidad que la llevó al reconocimiento del derecho a la prestación, sin que se haya producido ninguna alteración o cambio en sus particulares necesidades.
La resolución expresa del Sacyl, de fecha 15 de febrero de 2023, reconoce que no hay ninguna justificación para que no asuma el reintegro de la prestación y reconoce el derecho de la reclamante a serles reintegradas las cuantías de las sondas y absorbentes para la incontinencia urinaria del tipo Indasec que sean necesarios para su tratamiento.
- Te recomendamos -