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Interventores y auditores rechazan la inclusión de la cláusula de interinos en la convocatoria de oposición

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Afirman que debe ser algo temporal y que las funciones del colectivo deben realizarse por funcionarios de carrera

MADRID, 27 (EUROPA PRESS)

La Asociación Profesional del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado (ACSIAE) ha trasladado su firme rechazo a la inclusión en la última convocatoria del proceso selectivo para aspirantes a este cuerpo de una cláusula por la que un tribunal de oposición podrá elaborar una lista de interinos para formar parte de la plantilla de la Administración General del Estado.

Esta condición, impuesta por la Subsecretaria de Hacienda y Función Pública, supone la posibilidad de ser interino aprobando un solo ejercicio de oposición, lo que “va en contra de la independencia, de la preparación y profesionalidad que debe acompañar a un alto funcionario público de carrera del subgrupo A1”, según denuncia la Asociación a través de un comunicado.

Según informan, el pasado 9 de marzo, la asociación trasladó en una reunión con la Subsecretaria de Hacienda y Función Pública los argumentos por los que desde la Asociación Profesional del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado se rechaza esta cláusula, exigiendo, por tanto, la eliminación de esta en la convocatoria del proceso selectivo.

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La asociación destaca la importancia de tener sus funciones reservadas a funcionarios de carrera, dado que la norma reserva a su Cuerpo las funciones que ejerce un interventor delegado, a nivel ministerial, de organismo público, regional y territorial; son agentes de autoridad en el control financiero de subvenciones y fondos comunitarios; son autoridad de auditoría de fondos europeos y autoridad de control del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Además de lo anterior, llevan a cabo otras destacadas funciones esenciales en otras materias relacionadas con el control del gasto público, como pueden ser, la contabilidad, los presupuestos o la contratación. “La relevancia de sus funciones es lo que ha permitido considerarlos colectivo prioritario en las ofertas de empleo público y ello ha facilitado, entre otras necesidades, cubrir las jubilaciones”, subraya la Asociación.

Para poder llevar a cabo sus cometidos, la asociación asegura que aprueban un riguroso proceso selectivo que consta de seis ejercicios, además del posterior curso de especialización en el Instituto de Estudios Fiscales (IEF).

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Por ello, desde la Asociación se advierte del peligro que supone incorporar interinos en el Estado en un subgrupo A1. En su opinión, la cláusula de interinos debería tener carácter excepcional y su único objeto debe ser reducir los plazos de incorporación de un interino en aquellos casos donde se venga empleando tal figura, sin que esto suceda en el subgrupo A1 del Estado.

Además, señalan que dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el componente 11, reforma 1, contempla como hito 144, reducir la temporalidad en el empleo público por debajo del 8%, para lo que se están llevando actualmente a cabo procesos de estabilización, lo que parece incoherente con abrir la puerta a esta posibilidad en el futuro.


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