Su hermana se persona finalmente como acusación y él asume indemnizarla con 42.000 euros
SEVILLA, 27 (EUROPA PRESS)
La Audiencia de Sevilla ha resuelto mediante un acuerdo de conformidad entre las partes, el juicio con jurado popular promovido contra un hombre acusado de matar a su madre de 72 años, tras asfixiarla con un cinturón en la vivienda en la que ambos convivían en el barrio de Palmete de la capital hispalense en mayo de 2022, extremo reconocido por el inculpado, aceptando la pena de seis años de cárcel que pedía para él la Fiscalía como autor de un delito de homicidio.
Tras la constitución del jurado popular, ha sido leído el escrito de acusación de la Fiscalía contra el acusado y autor confeso del crimen, José L.C., actualmente de 50 años de edad.
Según el escrito de acusación de la Fiscalía, los hechos acontecieron sobre las 7,30 horas del día 19 de mayo de 2022 en la vivienda en la que convivían el acusado y su madre en la capital hispalense, concretamente en la calle La Roda de Andalucía, cuando ésta última le quitó el candado de la puerta del dormitorio.
En ese momento, y según el escrito del Ministerio Fiscal, el encausado salió de su dormitorio, “comenzando su madre a insultarle” y manteniendo ambos entonces una discusión verbal, en el transcurso de la cual el investigado cogió un cinturón con el que rodeó el cuello de su madre y presionó hasta causarle la muerte por asfixia.
ÉL MISMO AVISÓ A LA POLICÍA
Seguidamente, el investigado llamó por teléfono a la Policía pidiendo ayuda y reconociendo haber matado a su madre, permaneciendo en la vivienda hasta la llegada de los agentes, motivo por el que la Fiscalía le aplica la atenuante de confesión.
Según el Ministerio Público, el acusado “era el único de la familia que convivía con la madre, al separarse de hecho el padre y marcharse otra hermana, ambos por la imposible convivencia” con la víctima, de quien manifestaban los familiares “que tenía problemas mentales no diagnosticados”, una situación “agravada” por el suicidio de otra de sus hijas, motivo por el que recibió tratamiento entre los años 2011 y 2018.
La Fiscalía considera que el acusado tiene sus capacidades levemente alteradas por su consumo prolongado de hachís desde los 15 años, mientras que en el momento de los hechos no tenía disminuidas sus capacidades intelectivas pero sí presentaba una alteración moderada del control de impulsos y de sus capacidades volitivas.
Así, la Fiscalía reclamaba para él seis años de cárcel por un delito de homicidio con la agravante mixta de parentesco, la atenuante de confesión y la atenuante cualificada de alteración de impulsos por adicción de larga duración a drogas.
LA PERSONACIÓN DE SU HERMANA
Al respecto, el fiscal del caso ha expuesto en la sala una única modificación de su escrito, en el sentido de dar cuenta de que la restante hija de la víctima y hermana del acusado se ha personado en la causa como acusación particular, reclamando una indemnización de 42.000 euros para esta persona después de que hasta ahora ningún miembro de la familia hubiese solicitado nada.
Tanto la acusación particular ejercida por dicha mujer como la defensa del acusado han anunciado su adhesión al escrito de acusación de la Fiscalía, tras lo cual el propio acusado ha mostrado su conformidad con el escrito de acusación del Ministerio Público y con la pena de seis años de prisión solicitada para él.
“Visto el reconocimiento de los hechos y el arrepentimiento del acusado ante la Policía, el juzgado de instrucción y ante este tribunal, no es necesaria la celebración de la vista”, ha señalado el fiscal, con la adhesión del resto de partes a dicha consideración y la disolución del jurado popular.
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