JAÉN, 20 (EUROPA PRESS)
La Sección Tercera de la Audiencia de Jaén ha juzgado este lunes a un hombre de 29 años al que se le acusa de agredir sexualmente a una menor de once años a cuya madre le tenía alquilada una habitación. Por esos hechos el Ministerio Fiscal le reclama inicialmente once años de prisión como presunto autor de un delito de agresión sexual. A esa petición se ha adherido la Junta de Andalucía ya que la menor se encuentra bajo la tutela de la Administración autonómica tras haber sido declarada en desamparo.
Los hechos se remontan a febrero de 2021 cuando la menor relató haber sido agredida sexualmente por el acusado, que entonces tenía 26 años. Según ha declarado la menor, todo ocurrió cuando en la casa coincidió con el acusado, que “estaba tomado de tragos”, y éste la llevó a la habitación donde consumó la agresión.
La menor, tras consultarlo con un amigo, se lo contó a su tía y ésta llamó de inmediato a la madre de la menor que finalmente el 15 de febrero de 2021 interpuso la correspondiente denuncia ante la Policía Nacional.
El acusado ha rechazado ante el tribunal todos y cada uno de los extremos. Ha señalado que fue la menor la que quiso besarlo, pero que “para nada pasó nada” puesto que él la rechazó. Ha declarado que la menor era “muy mentirosa” y que incluso la madre de la niña no la creyó en un primer momento.
Este extremo lo ha ratificado la madre que ha dicho al tribunal que aunque inicialmente no creyó a su hija, luego sí que la ha creído y de hecho se ha personado con acusación particular en la causa. Ha señalado que el acusado siempre las trató “de forma educada” y que el trato fue “bueno”, de ahí que cuando todo pasó ella se quedó “en estado de shock” porque se le hacía “muy difícil” creer que hubiera pasado, aunque con el tiempo se convenció de que su hija “decía la verdad”.
Además de los once años de prisión, el Ministerio Fiscal reclama al acusado que se le imponga la medida de libertad vigilada por tiempo de ocho años que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad y la inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por tiempo de tres años superior a la pena privativa de libertad que resultare impuesta.
También se solicita la prohibición de acercamiento a una distancia no inferior a 500 metros a la menor, a su domicilio, a su lugar de trabajo, lugar en el que curse estudios o lugar en el que accidentalmente pudiera encontrarse y prohibición de comunicar con ella por cualquier medio o procedimiento por tiempo de 15 años.
En concepto de responsabilidad civil, se pide que el acusado indemnice a la menor a través de su representante legal en la cantidad de 10.000 euros por daños morales. A todo ello se ha adherido inicialmente la Junta de Andalucía.
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