MADRID, 16 (SERVIMEDIA)
El Consejo de Ministros aprobó este jueves en segunda vuelta el anteproyecto de la Ley de la Función de la Administración del Estado que, entre otras cosas, incrementará del 7% actual hasta el 10% el número de plazas reservadas para personas con discapacidad en las futuras ofertas de empleo público.
Esta medida entrará en vigor una vez el texto supere todo el trámite parlamentario que ahora se inicia en el Congreso de los Diputados, siempre y cuando la ley no se vea modificada en los aspectos que se refieren a las personas con discapacidad.
En paralelo al refuerzo de las plazas, la ley establece que se mantendrá que “al menos” el 2% de las plazas ofertadas serán cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual, mientas que el 8% restante se destinará a personas que acrediten “cualquier otro tipo de discapacidad”.
La reserva se hará sobre el número total de las plazas incluidas en la respectiva oferta de empleo público, “pudiendo concentrarse las plazas reservadas para personas con discapacidad en aquellas convocatorias que se refieran a cuerpos, escalas o categorías que se adapten mejor a sus capacidades y competencias”.
Por otro lado, la ley establece la creación de unas unidades de inclusión a las que les corresponderá prestar al órgano directivo del que dependan el “apoyo administrativo especializado que precise en materia de inclusión del personal con discapacidad” y asegurar las “medidas de adaptación de puesto de trabajo” recogidas también la norma.
Además, deberán velar por la “plena incorporación y desarrollo profesional de dicho personal en su ámbito laboral, el seguimiento y evaluación de las medidas en favor de las personas con discapacidad en las ofertas de empleo público, así como la elaboración de estadísticas relativas a la efectiva ocupación de plazas en su correspondiente ámbito”.
Estas unidades se integrarán “en la estructura orgánica de cada departamento ministerial” y quedarán adscritas a la Subsecretaría a través de alguno de sus órganos directivos dependientes, de acuerdo con “lo que disponga el real decreto por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del departamento ministerial”.
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