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La Consejería de Educación y Empleo nombra a 41 nuevos directores de centros públicos

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El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado esta semana una resolución de la Consejería de Educación y Empleo por la que ha nombrado, con carácter definitivo, a 41 directores provisionales que han superado el programa de formación inicial, según el procedimiento de selección de directores de los centros públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, convocado por Orden de 30 de marzo de 2017.

El objetivo de esta orden es convocar el procedimiento de selección, por el sistema de concurso de méritos, entre los funcionarios docentes dependientes de la Consejería de Educación y Empleo para cubrir plazas de directores de aquellos centros docentes públicos no universitarios.

Podían participar en esta convocatoria los funcionarios de los cuerpos docentes que impartiesen enseñanzas reguladas por la Ley de Educación y que reuniesen una serie de requisitos, como tener una antigüedad de al menos 5 años como funcionario de carrera en la función pública docente, así como haber impartido docencia directa como funcionario, durante un periodo de igual duración, en alguna de las enseñanzas impartidas en los centros del nivel educativo del centro docente al que se opta.

Además, hay que estar en posesión de la certificación acreditativa de haber superado un curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva, impartido por el Ministerio de Educación o por las Administraciones educativas de las comunidades autónomas.

La persona candidata debía de presentar un proyecto de dirección y los aspirantes, una vez seleccionados, tenían que realizar y superar un programa de formación inicial, organizado por la Secretaría General de Educación, integrado por un curso teórico de formación y un periodo de prácticas que, una vez superado, serían nombrados directores definitivamente.

Por su parte, contra esta resolución que se ha publicado podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes.

PERIODO DE CUATRO AÑOS

La Secretaría General de Educación nombrará director del centro que corresponda por un periodo de cuatro años, incluido en su caso el periodo provisional, al aspirante que haya superado el programa de formación inicial y a aquellos que hayan quedado exentos de la realización de dicho programa en su totalidad.

Los directores así nombrados serán evaluados al final de su mandato y su nombramiento podrá renovarse por dos periodos de igual duración, previa evaluación positiva del trabajo desarrollado al final de cada uno de ellos.

Después de los tres periodos, el director deberá participar de nuevo en un concurso de méritos para volver a desempeñar la función directiva.


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