SANTIAGO DE COMPOSTELA, 24 (EUROPA PRESS)
La sección segunda da Audiencia Provincial de Pontevedra ha decretado que procede la revisión y ha rebajado las penas impuestas a dos hombres condenados por delitos sexuales en O Porriño y Vigo por la Ley del ‘solo sí es sí’, según ha informado este viernes el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
De este modo, se ha rebajado la condena de doce a siete años de prisión impuesta a un hombre que agredió sexualmente a una mujer a la que abordó en 2012 en un parque de O Porriño cuando esta paseaba a su perro. En este caso, el tribunal ha indicado que es de aplicación la nueva ley porque rebaja la pena mínima con la que se castiga el delito cometido y, por lo tanto, es más favorable al reo.
Por otro lado, los magistrados han acordado rebajar de seis a cuatro años de cárcel la pena impuesta a un hombre que en 2014 violó a una mujer a la que recogió en un taxi en la zona del Puerto de Vigo.
De este modo, el TSXG ha apuntado que contra estas dos sentencias cabe presentar recurso en el plazo de cinco días desde su notificación.
MÁS DE 45 REBAJAS DE CONDENAS
Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, las audiencias provinciales gallegas y el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia han revisado y emitido al menos 106 decisiones –tanto revisiones de penas ya impuestas como recursos– referidas a condenas.
De ellas, al menos 49 han supuesto una rebaja de la pena de los delincuentes, mientras que en el resto de ocasiones, unas 57, ha sido mantenida la condena porque la Ley del solo sí es sí supondría que el juicio se saldaría con una pena mayor que en la que se puso en su momento. Si bien, no trascienden desde las audiencias todas las peticiones, tal y como han aclarado fuentes del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
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